COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – En la mañana del jueves se la audiencia de revisión de la prisión preventiva por el homicidio de Fabián Maximiliano Ledesma, ocurrido el 29 de julio de 2016, y que tiene como condenado a Mariano Leonardo Cárdenas. La jueza revocó la medida sustitutiva a Cárdenas y dictó su prisión preventiva por dos meses luego de que violara el arresto domiciliario y en su horario laboral amedrentara a personas.

El funcionario de Fiscalía requirió que se le revoque el arresto domiciliario a Cárdenas y se dicte su prisión preventiva por dos meses. En contraposición, el defensor se opuso al pedido de revocación solicitando que se mantenga el arresto domiciliario con permiso de salidas laborales de su pupilo.

Finalmente, la jueza penal resolvió revocar la medida sustitutiva a Cárdenas y dictó su prisión preventiva por 60 días o que la causa pase en calidad de cosa juzgada.

Luego de la presentación de las partes, el funcionario de fiscalía Cristian Olazabal solicitó que se le revoque el arresto domiciliario con permisos de salidas laborales a Cárdenas, luego de ser condenado en primera instancia a la pena de 5 años y 4 meses de prisión por el homicidio en grado de tentativa de Fabián Ledesma. Dicha sentencia fue impugnada por la defensa y la Cámara Penal confirmó el resolutorio en todos sus términos, así se produce el doble conforme.

El funcionario mencionó la conducta del imputado, según una denuncia, el 4 de septiembre pasado, a las 12.00 horas, cuando el testigo estaba en el patio de su domicilio, llegó un remís blanco y bajó el vidrio. Se trataba del “sapo” Cárdenas, quien le refiere: “a vos te voy a matar ….”.

También dos testigos certificaron lo sucedido.

El imputado ha quebrantado la medida de coerción morigerada que se le otorgó, su arresto domiciliario, y en su horario laboral amedrentó a personas. Así, con éste nuevo hecho ha desvirtuado la confianza que depositó en él el tribunal al otorgarle la medida sustitutiva por lo cual requirió que se le revoque dicha medida y se dicte su prisión preventiva por dos meses.

Por su parte, el defensor de confianza, Alejandro Fuentes, se opuso a la revocación solicitada por el representante de Fiscalía, ya que todavía no ha sido notificado de los argumentos de la Cámara, es decir que no existe el doble conforme. Y todavía queda la instancia de casación y recurso de queja ante la Corte Suprema, sostuvo el defensor.

“Existe una ausencia de precisión por parte del testigo, ya que se refiere a un Fiat Siena y mi asistido conduce un Chevrolet Corsa, blanco y es taxi, no remís”, dijo. Es decir que a su entender el testigo tuvo una intención clara de efectuar una denuncia maliciosa, y con ello se puede procurar la revocación de la medida sustitutiva de arresto domiciliario. “No existe ningún informe negativo de incumplimiento de la medida”, dijo, solicitando por todo esto que se mantenga la medida de arresto domiciliario, con permisos de salidas laborales de Cárdenas, hasta que se acredite con argumentos sólidos la denuncia.

Finalmente, la jueza penal Raquel Tassello resolvió hacer lugar a la solicitud de revocar la medida sustitutiva a Cárdenas y dictó su prisión preventiva por el término de 60 días o hasta que la sentencia pase en calidad de cosa juzgada considerando la existencia del doble conforme en la causa ya que la Cámara Penal rechazó la impugnación de la defensa y confirmó la sentencia y la calificación legal.

Aclaró que la sentencia está confirmada, pero no firme, por las instancias de apelación que enumeró el defensor.

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