ESQUEL (ANDSUR) - Se concretó este miércoles la jornada de alegatos finales de las partes por un robo violento cometido a un peón rural en cercanías de la localidad de Gualjaina, que tiene como imputados a Daniel Medina y Luis Barría. El hecho ocurrió el pasado 23 de enero cuando dos encapuchados armados entraron a su casa, lo golpearon con un rastrillo, lo ataron de pies y manos y le robaron.

La fiscal solicitó al tribunal se declare la responsabilidad penal de ambos imputados en relación al delito de “robo triplemente agravado, por el uso de arma de fuego apta para el disparo; en despoblado y por el uso de arma impropia, en concurso real con privación ilegítima de la libertad”. En contraposición las defensas solicitaron la absolución de sus pupilos.

El tribunal de debate está integrado por los jueces Ricardo Rolón, Fernanda Révori y Martín O’Connor; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Botini, fiscal general; en tanto que la defensa de Medina fue ejercida por Daniel Sandoval y la de Barría por la defensora pública, Valeria Ponce.

La fiscal Botini sostuvo en su alegato que ha quedado probado a lo largo del debate tanto la materialidad como la autoría del ilícito en cabeza de los imputados: Barría y Medina. Ello en base a la prueba testimonial y documental ventilada en el debate. Solicitando al tribunal declare a ambos imputados penalmente responsables del delito de “robo triplemente agravado, por el uso de arma de fuego apta para el disparo; en despoblado y por el uso de arma impropia, en concurso real con privación ilegítima de la libertad”, en calidad de “coautores”.

Por su parte la defensa de Medina sostuvo en su alegato que no pudo probarse el medio de movilidad utilizado en el hecho, un auto color blanco, según la víctima. En igual sentido que la calificación legal escogida por la fiscal “no se corresponde con la descripción de los hechos”. En base a esto solicitó la absolución de su defendido.

En tanto que la defensa de Barría por su parte atacó principalmente el material probatorio para sostener la autoría de su defendido, más que nada por la falta de secuestro del arma de fuego; y la falta a su entender de prueba objetiva por no existir ADN. Por ello requirió la absolución de su pupilo.

Finalmente el tribunal dio por clausurada esta parte del debate y pasó a deliberar y mañana a las 15 dará a conocer su veredicto de responsabilidad penal.

El hecho

El ilícito ventilado en debate ocurrió el pasado 23 de enero cuando la víctima, un peón rural en las afueras de la localidad de Gualjaina, “estaba en su casa, cocinando algo, escuchó ladrar los perros, salió, y vio a dos personas bajar de un rodado y luego reconoce como Barría y Medina. Éstos lo golpean con un rastrillo, él cae al piso, ahí Barría dispara con un arma de fuego, que él no ve, pero si escucha, después lo atan de pies y manos, lo tiran sobre la cama y lo encierran en la habitación. Previo a ello le sustraen dinero en efectivo, un celular, un rifle y unos huevos”.

Al otro día logró zafarse de la soga del pie, y llegar caminando hacia el domicilio de su vecino, quien lo asiste, para luego llevarlo a la policía y al hospital.

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