COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Pasado el mediodía del miércoles se dio a conocer en los tribunales penales del barrio Roca la resolución de responsabilidad penal de Maximiliano Willatowski como autor del homicidio de Daniel Bayón ocurrido el pasado 1 de julio de 2017, en km. 5 de nuestra ciudad. El próximo lunes 17 de diciembre, a las 9:00 hs., se concretará la audiencia de imposición de pena o cesura del caso en base al delito de “homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de “autor” para Maximiliano Willatowski.

Los jueces Tassello y Nicosia por mayoría dieron por probado el caso presentado por la acusación. El mismo acontece el 1º de julio de 2017, siendo aproximadamente las 05:45 hs., Maximiliano Willatowski y otro sujeto de sexo masculino no identificado se hicieron presentes a bordo de un rodado, color blanco, vidrios polarizados, con escape libre, en el lugar donde funciona el local comercial “Drugstore 24 hs.”, sito en la calle Sanfedele al 470, del Barrio Las Orquídeas de esta ciudad. En tales circunstancias, Willatowski descendió del rodado del lado del acompañante y comenzó a increpar a Daniel Sebastián Bayón, quien se encontraba afuera del local referido. Acto seguido, extrajo de entre sus ropas un arma de fuego y con intenciones de provocar el resultado muerte, efectuó entre seis y ocho disparos hacia el cuerpo de Bayón, para luego huir del lugar en el mencionado rodado, marca atrás por calle Sanfedele. Con evidencia abrumadora se ha probado la materialidad del hecho. Víctima y victimario se fueron trasladándose juntos a medida que se producían los disparos. De los 6 disparos que se efectuaron, 4 impactaron en Bayón, quién estuvo ubicado siempre frente a su tirador, sostuvo la mayoría del tribunal.

Respecto de la autoría los jueces Nicosia y Tassello expresaron que hubo dos testigos presenciales del hecho y que ambos, desde su propia perspectiva dicen lo mismo. El único que pudo disparar fue el imputado Willatowski. Haciendo una “interpretación razonable existe una única solución lógica”. Nadie más que él tenía una disputa con Bayón, los disparos se producen en el contexto de esta disputa verbal. Por todo lo cual concluyeron que se ha vencido el estado de inocencia y que en el caso no se dio ni legítima defensa, como planteó la defensa, ni exceso en la legítima defensa. Se ha probado a lo largo del juicio con suficiente grado de certeza la autoría de Willatowski, como su responsabilidad penal por los hechos y la calificación legal esgrimida por las fiscales.

En disidencia votó el juez Cosmaro quién sostuvo que se probó el hecho y que el imputado estuvo en el lugar del hecho. Uno de los testigos dijo que en ningún momento ve quién fue el que efectuó los disparos, su relato carece de coherencia interna y externa, sostuvo. Concluyendo que no hay certeza que haya sido el imputado Willatowski el autor del hecho. Concluyendo, en minoría, por el beneficio de la duda que debía absolverse al imputado.

El tribunal de debate fue presidido por Mariano Nicosia, e integrado por Raquel Tassello y Martín Cosmaro, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Verona Dagotto y Andrea Rubio, fiscales generales; en tanto que la defensa de Willatowski fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

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