Malversación: un fallo absolvió al exrector Hugo Bersán y a Roque Cambareri
Los acusaban de desviar fondos públicos a una empresa privada.
RAWSON - En un fallo dividido, el Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia absolvió al exrector de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”, Hugo Luis Bersán, y a Roque Cambareri, extitular de la Unidad de Vinculación y Transferencia Tecnológica. Estaban acusados de malversación de caudales públicos. El fiscal federal Teodoro Nürnberg había pedido para el primero 2 años de prisión, y 3 años y 3 meses y multa de 45 mil pesos para el segundo. Los jueces Enrique Guanziroli y Luis Alberto Giménez votaron por la inocencia; Nora Cabrera de Monella, en disidencia.
La causa data de agosto de 2003, cuando la UNPSJB firmó con la Secretaría de Energía de la Nación, a cargo de Daniel Cameron, un acuerdo para que profesionales, alumnos y académicos de la casa de altos estudios ejecuten un plan de remediación en pozos y piletones petroleros de Comodoro Rivadavia. Energía aportaría 800 mil pesos para este relevamiento del pasivo ambiental.
Según la acusación del fiscal, en paralelo con este trato, Cambareri –exsecretario de Extensión y titular de la Unidad- contrató a Demison, una consultora privada que hizo el trabajo que le correspondía a la Universidad y se quedó con casi el 80% del primer desembolso. Según la causa, hubo “gastos y endeudamientos según un aparente manejo discrecional de los recursos”. En el trabajo no participó nadie de la casa de altos estudios. Para contratar a un privado hubiese correspondido una licitación pública.
Según la imputación, el dinero público que aportó Energía y que debía ir para la Universidad quedó en manos de la consultora privada. Nürnberg consideró que el impulsor del esquema fue Cambareri pero que era necesaria la firma del entonces rector. El peculado que les imputó es apartar fondos públicos y, en este caso, desviarlo a una empresa privada.
El voto de Guanziroli admitió las irregularidades administrativas, pero apuntó a “los estamentos intermedios, cuya inconducta funcional relaja el control y no cumplen su deber. Los responsables del control, que no eran escasos, internos y externos, callaron el riesgo de algún delito”. Habló de un “promiscuo y discrecional manejo institucional” y de una “magra investigación”.
Aunque haya habido obrar displicente, desprolijo o negligente de Bersán y Cambareri “no produce la comisión del delito (…) La morosidad de los controles administrativos tampoco pudo serles reprochada y menos colocarlos hoy en la situación de hacer descargos sobre hechos muy añejos y que se sucedieron ayer como trámites rutinarios, ajenos a sus roles académicos”.
Los órganos de control no denunciaron irregularidades. Si hubo excesos o derroches “tampoco se le observaron y reclamaron a su tiempo, aunque hoy las reconociera faltas vergonzosas”.
Según el voto, “no es lo mismo una actuación desordenada excepcional, de manifiesta torpeza, que pudo generar perjuicio, que la verificación de sucesos intencionados para evadir el control de gastos y enriquecerse ilegalmente”. Tampoco la Universidad se presentó como querellante. El “extendido desorden administrativo” de ese tiempo en la entidad generó las irregularidades. “Es dable suponer que ocurrieran otras más graves que se desconocen al amparo de autoridades complacientes, desaprensivas o simplemente ineptas para el ejercicio cabal de sus responsabilidades, pero exceden este pronunciamiento”. La prueba fue endeble: sin allanamientos, secuestro documental, pericias documentológicas ni testimonios.
Guanziroli explicó que la UNPSJB puede actuar legalmente para “resarcir eventuales perjuicios que pudo sufrir, ocasionados por sus funcionarios o particulares intervinientes en los hechos”. También el Ministerio Público Fiscal puede investigar a quienes se mencionó en el juicio.
La calificó como un proceso “prolongado y costoso, sin reclamos ni control”. Antes de llegar a juicio el expediente se extravió, no tuvo actividad y se traspapeló. “La displicencia exhibida por la Universidad para manejar sus asuntos, que puso de manifiesto la pobre investigación judicial desplegada, fue correspondida simétricamente y sin reclamos en el ámbito judicial”.
La causa estuvo parada durante “períodos notables” sin “razones válidas aparentes ni explicaciones”. La demora frustró y perturbó la investigación y el futuro juicio”. Nadie controló motivos y responsables. Por eso el expediente se enviará al Consejo de Magistratura de la Nación.
Giménez votó que “las deficiencias probatorias impiden arribar a una reconstrucción certera de los hechos”. La ausencia de una pericia contable “nos priva de saber con certeza qué fue lo acontecido”.
“No obstante la íntima convicción que se pueda tener de que dicho imputado (Cambareri) tuvo un manejo irresponsable de los bienes, no es suficiente para configurar el delito”. También remarcó “la desazón” inmensa que puede provocar un proceso que transcurrió, inexplicablemente, a lo largo de más de una década, especialmente si se tiene en cuenta que afecto´ el patrimonio del Estado. Pero eso solo no justifica una condena”.
Monella no coincidió con sus pares. “Los propios imputados reconocen las erogaciones que las facturas significaron, y que los montos fueron percibidos por los involucrados, admitiendo que salieron del patrimonio de la Universidad”.
Bersán tenía a su cargo el cuidado de los bienes de la UNPSJB. “Representaba la institución y estaba obligado a no traspasar los límites del mandato y a ejecutarlo fielmente. Supo que recibía el dinero, que no le pertenecía, que con su conducta la Universidad resultaba perjudicada y tuvo voluntad direccionada a privar de su destino esos fondos que sustrajo en provecho propio –por ejemplo pagos de su celular- y de terceros -pago a la empresa Trecom”. Para la jueza, el exrector “no era un improvisado, tenía la experiencia de años de gestión”.
Cambareri era funcionario y tampoco no desconocía el destino del dinero, ajeno al contrato con Energía. “Se excedió en forma palmaria y no sólo solicitó el pago de una factura de una empresa extraña al convenio sino que también sustrajo el dinero que debía administrar, para el pago de gastos personales y de terceros”. Las maniobras “significaron una merma del patrimonio” universitario.
A Monella no la convencieron las explicaciones de Cambareri para justificar gastos. “Se colige sin duda alguna la asignación de caudales públicos al pago de actividades y servicios totalmente extraños, incluso ajenos al normal desenvolvimiento de la Universidad”. Por ejemplo hospedaje en el Hotel Austral con su esposa, merluza negra y champagne para varias personas, alojamiento en Termas de Río Hondo, gastos de tintorería, comidas en Puerto Cangrejo, Barra Costanera y Cayo Coco, traslado desde el Aeropuerto Internacional de Tucumán hasta Termas y alojamiento de tres días en dos cabañas en Esquel.
“Si otros hicieron la vista gorda, por negligencia o complicidad, si la desviación y sustracción dolosa de los caudales públicos no merecieron la observación de otras autoridades, eso no enerva la ilicitud, cuando ambos comprendían la ilegalidad”.
“A ninguno pudo escapársele la comprensión que estaban solventando gastos particulares, privados, con fondos públicos cuyo destino era evidentemente otro. No interesa que la cantidad malversada sea grande o chica, en ambos casos es delito”. La jueza advirtió que “había mucho más para investigar, y aparecen otros implicados que no fueron traídos a juicio, y debiera haber ocurrido para una mejor justicia en defensa de la comunidad”.
SEGUNDA ADSOLUCIÓN
En el mismo juicio se debatió otra causa acumulada contra Bersán y a un exsecretario administrativo, Héctor Fabián Gómez, por no rendir adelantos de gastos mientras estuvieron en la UNPSJB, entre 1998 y 2005. Eran 14 mil pesos de Gómez y 85 mil para Bersán. El fiscal no comprobó el dolo. Fueron absueltos.
Fuente: diario Jornada