La Justicia de San Isidro resolvió elevar a juicio oral la causa por la muerte de Diego Armando Maradona en el que se acusa tanto al médico Leopoldo Luque como a la psiquiatra Agustina Cosachov de “homicidio simple con dolo eventual”, en calidad de coautores. Además hay otros seis acusados con esta misma carátula. 

El juez de Garantías 2 de San Isidro, Orlando Abel Díaz  dispuso que la causa sea remitida a sorteo para que un Tribunal Oral de San Isidro juzgue por la muerte del astro del fútbol al neurocirujano y médico de cabecera Maradona, Leopoldo Luciano Luque (40); la psiquiatra Agustina Cosachov (36) y el psicólogo Carlos Ángel “Charly” Díaz (30).

También son imputados la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41), los enfermeros Ricardo Omar Almirón (38) y Dahiana Gisela Madrid (37); y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49).

La resolución detalla que los acusados no cumplieron “con el mandato de actuar que la buena práctica médica colocaba en sus cabezas, cuando debo insistir una vez más, tenían conocimiento de la situación de riesgo para el bien jurídico, la posición de garante que ocupaban y la posibilidad cierta de actuar, habría abastecido el dolo exigido por la figura del artículo 79 del Código Penal, en el caso bajo la formulación de dolo eventual”.

Para el magistrado hubo “ausencia de interposición de acción salvadora alguna que pudiera evitar el deceso” y una “aceptación interna de los encausados del eventual acaecimiento del resultado finalmente producido”.

En el caso de Luque también se agrega como el delito de “uso de documento privado falso”, por haber usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica. A Cosachov se la acusa por “falsedad ideológica”, al haber confeccionado un certificado de aptitud mental de Maradona sin ir a visitarlo.

El pedido de los fiscales por la muerte de Maradona

El juez Abel Díaz apoyó el pedido de los tres fiscales de San Isidro que instruyeron la causa, Patricio Ferrari, Cosme Iribarren y Laura Capra quienes acusaron a los imputados de coautores de “homicidio simple con dolo eventual”. Este delito tiene puede tener una pena de entre 8 y 25 años de prisión, pero ninguno de los imputados tiene prisión preventiva.

El equipo de fiscales había concluido que los ocho imputados “infringieron los deberes que cada uno tenía a su cargo, colocando o colaborando a colocar un cúmulo de factores y circunstancias notoriamente burdas, incrementando todos los antes nombrados el riesgo por fuera del margen permitido ocasionando el fatal desenlace del paciente que, de lo contrario, hubiese podido evitarse”.

“Así habiéndose representado el resultado fatal ante el grave cuadro de salud que evidenciaba la víctima y que era conocido al menos por todos los profesionales de la salud nombrados, ejecutaron acciones contrarias al arte de la salud y omitieron realizar los actos específicos que cada uno debía desarrollar entorno a su función, agravando el cuadro de salud de Diego Armando Maradona”, concluyeron.

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