COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Con el dictado de un cuarto intermedio hasta el próximo viernes a las 12 horas, cuando continuará la audiencia, concluyó este martes a la mañana la primera parte de la audiencia preliminar por el crimen de Walter Leiva (21), ocurrido el 28 de febrero pasado. La causa tiene como imputados a Aldo Ezequiel Camarda y a Maximiliano Brizuela.

El funcionario de Fiscalía Cristian Olazabal ratificó la pieza acusatoria, en tanto que la defensora de los imputados, Viviana Barillari, solicitó la readecuación legal del caso de homicidio agravado por el uso de arma de fuego a homicidio en riña en relación a Camarda; y el sobreseimiento respecto a Brizuela.

En contraposición, el representante de Fiscalía requirió que se rechace la readecuación de la calificación legal por una menos gravosa y también se rechace el sobreseimiento de Brizuela.

La acusación fiscal sostiene que el pasado 28 de febrero de 2017, siendo las 7.30 horas, en un pasaje próximo a las calles Adela Small, Los Ciruelos y Gansos Verdes, Camarda, Brizuela y otra persona más aún no identificada comenzaron a efectuar disparos con armas de fuego desde la parte alta hacia la baja de la escalera, en dirección a la vivienda de la víctima Leiva.

Éste le dijo a su mujer que sacaran a su hija menor por el peligro, entonces se dirigió al patio a encender el auto, que no arrancaba. En ese momento recibió dos disparos en su vivienda y Leiva efectuó dos hacia arriba, en dirección hacia donde se encontraban tirando Brizuela y la tercera persona no identificada, quienes disparaban armas de puño.

En ese instante, Aldo Camarda se desplazó del grupo y se ubicó  más próximo al quiosco de reja, y desde allí busco una mejor posición para tirarle a Leiva momento en el cual uno de sus disparos le dio a Leiva en la cabeza  y al verlo caer comenzó a  efectuar saltos de festejos manifestando:  “¡le di!, ¡le di!”. El herido fue trasladado al Hospital Regional donde perdió la vida el 2 de marzo, por paro cardio-respiratorio por orificio de arma de fuego en el cráneo.

El ilícito fue calificado como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de autor para Camarda; y “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de partícipe primario para Brizuela, estimándose una pretensión punitiva, en caso de ser declarados penalmente responsables, de 15 años de prisión para Camarda y de 13 años para Brizuela.

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