Por agredir a un detenido, policías de Comodoro podrían recibir hasta tres años de cárcel
Los imputados, el pasado 31 de octubre del 2022, habían atacado a un detenido ante la mirada de sus compañeros que también podrían recibir una condena por no detener la situación.
Este jueves se realizó la audiencia preliminar del hecho ocurrido el 31 de octubre de 2022 en la Seccional Segunda que tiene como imputados a los miembros de la fuerza policial Martín Luporini, Fabio Tramaleo, Julio Valenzuela y Claudia López.
La representante de fiscalía solicitó se rechacen los planteos de sobreseimiento y se eleve la causa a juicio, ofreciendo prueba. Ambas defensas se opusieron a la acusación y solicitaron el sobreseimiento de sus asistidos. Finalmente, el juez penal admitió la acusación fiscal, rechazó los sobreseimientos y elevó la causa a juicio oral y público.
Presidió la audiencia Carlos Tedesco, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Eve Ponce, procuradora de fiscalía; la defensa de Valenzuela y López fue ejercida por Marcelo López; en tanto que la de Luporini y Tramaleo por María Cristina Sadino, defensora pública.
La representante de fiscalía se refirió brevemente al hecho cuando el pasado 31 de octubre de 2022, la víctima fue detenida en la Seccional Segunda por daño, ingresando esposada por Luporini y Tramaleo. Así Luporini lo golpea con un tonfa y cuando cae Tramaleo sigue golpeándolo. Por su parte Valenzuela y López observan la agresión de sus colegas y omiten hacer cesar de forma inmediata la agresión a la víctima, en virtud de su posición de garantes. Como consecuencia de la acción de los efectivos policiales la víctima sufre lesiones de carácter leve. Así se toma conocimiento de las lesiones en el momento del control de detención.
Calificando jurídicamente el hecho como “vejaciones en concurso ideal con lesiones leves agravadas por ser cometidas por personal policial”, en calidad de “coautores” para Luporini y Tramaleo y de “partícipes secundarios” para Valenzuela y López. Estimando un tribunal unipersonal en tanto que la expectativa de pena, en caso de recaer condena, es de 3 años de prisión y seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos para Luporini y Tramaleo; y de 1 año y 6 meses de prisión y el doble de inhabilitación para ejercer cargos públicos para Valenzuela y López.
Seguidamente el defensor de Valenzuela y López “se opuso a la acusación fiscal, planteando la teoría negativa del caso, que la fiscalía no va a poder probar el hecho”. En igual sentido cuestionó la acusación. Sus asistidos “no han tenido participación reprochable” por lo cual requirió “su sobreseimiento”.
Por su parte la defensora de Luporini y Tramaleo también se opuso a la acusación fiscal y “aunque la materialidad del hecho no se puede objetar, sí la autoría ya que la misma no está determinada. La prueba no es suficiente para elevar la causa a juicio”. Planteando cuestionamientos a la calificación legal propuesta. Por todo ello pidió “su sobreseimiento”.
En contraposición, la procuradora de fiscalía se opuso a ambos pedidos de sobreseimiento ya que “se ha omitido hacer cesar de forma inmediata la agresión hacia la víctima, en virtud de su posición de garante de la persona detenida” por parte de López y Valenzuela y en cuanto a “la prueba es suficiente para elevar la causa a juicio” por los cuatro imputados.
Finalmente, el juez resolvió que tanto la calificación legal propuesta por la fiscalía, como la acusación eran correctas, “no hay sorpresa alguna para la defensa ya que la fiscalía aclaró la conducta omisiva de personal policial, y su posición de garante del detenido”. Por lo cual rechazó los pedidos de sobreseimiento de las defensas, entendiendo que “existen elementos suficientes para ser valorados en la instancia de debate oral y público. No existe orfandad probatoria”, por lo cual culminó elevando la causa a juicio.