El 6 de febrero de año en curso, Ariel Almonacid intentó pasarles el camión por encima a su expareja y su actual novio cuando estaban estacionados, luego de perseguirlos tras mantener una discusión en un local nocturno. Las víctimas en ese momento radicaron la denuncia policial e hicieron otra pública con el video del hecho y las fotos de las lesiones. Almonacid cuenta con varias denuncias previas realizadas por su ex pareja por violencia de género, a las que se suman las realizadas por el novio actual de la mujer, por amenazas y agresiones.

El pasado martes, durante la anterior audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva contra Franco Almonacid, la magistrada dispuso el otorgamiento de la modalidad de arresto domiciliario para el procesado. Asimismo, ordenó la colocación de una tobillera electrónica, a los fines de controlar el peligro de fuga del sospechoso. Por último, la fiscala Laura Blanco, solicitó una nueva audiencia para la revisión de esta decisión judicial.  

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Sin embargo, si bien este miércoles los jueces Miguel Caviglia y Alejandro Soñis, resolvieron confirmar parcialmente la resolución tomada ayer por la jueza Mariel Suárez, respecto de otorgar el arresto domiciliario en favor de Franco Almonacid (24) (imputado por tentativa de homicidio agravado), el tribunal revisor dispuso que el procesado debe regresar a su lugar de detención, en cumplimiento de la medida de prisión preventiva, hasta que las autoridades correspondientes dispongan de la tobillera electrónica para controlar los movimientos del sospechoso.

En la ocasión, la fiscala Laura Blanco, planteó que la decisión adoptada ayer por la jueza Suárez, no era legal. A ello, agregó que no se debió realizar esa audiencia de revisión de la medida de coerción. En este contexto, la jueza Arcuri coincidió con la posición de la representante del Ministerio Público Fiscal. En tanto, el magistrado Caviglia discrepó con la opinión de su colega.

Esta divergencia, obligó a la participación del juez Alejandro Soñis. Así las cosas, Caviglia y Soñis, confirmaron parcialmente la resolución de la jueza Mariel Suárez, indicando que el proceso se podía cautelar con la medida de arresto domiciliario y utilización de la tobillera electrónica. En tanto, consideraron que no correspondía imponer la medida, sin contar con el elemento de control.

En consecuencia, resolvieron que la medida dispuesta por Suárez, comenzará a regir a partir del momento en el que se disponga de la tobillera electrónica.     

El caso

El hecho a investigar aconteció el pasado 6 de febrero del año 2022, siendo aproximadamente las 05:00 hs, la víctima, y su pareja, se encontraban en la Cervecería “La Patagónica”, lugar al cual habían concurrido junto a sus amigos a bordo del rodado marca Chevrolet, modelo Prisma Joy, propiedad de la víctima y su pareja. En dicho lugar también se encontraban Franco Ariel Almonacid, ex pareja de la víctima, junto a su pareja actual.

En tales circunstancias, se producen disturbios en el interior del local comercial por parte de los nombrados. Todo esto derivó en la intervención de personal de seguridad del lugar, que solicitó a Almonacid y sus acompañantes que se retiren del local. Momentos más tarde la víctima y su pareja se retiraron del local junto a sus amigos, todos a bordo del rodado ya mencionado. Así, tomaron la Av. Hipólito Yrigoyen en dirección Sur – Norte, para luego girar por Av. Constituyentes, y al arribar a la intersección de las avdas. Constituyentes y Chile, el conductor detuvo su marcha en el multirubro Tetris. Allí emplazado, para comprar cigarrillos, todo esto sin advertir que Almonacid los estaba siguiendo al mando de un camión de grandes dimensiones marca Volkswagen, con una batea en la parte posterior.

Así, en momentos en que uno de ellos estaba bajando del rodado por la puerta trasera del lado del acompañante, apareció Almonacid, quien con claras intenciones de darles muerte a los propietarios del vehículo, y sin medir las consecuencias que se podrían haber producido a raíz de su accionar respecto de los restantes ocupantes del rodado, detuvo la marcha adelante del rodado , e inmediatamente dio marcha atrás, embistiendo al vehículo allí estacionado en la parte frontal del vehículo, cerca de la rueda del lado del conductor, lo que hizo que el vehículo realice un movimiento violento, que a su vez embistió a una de las víctimas y lo tiró contra una palma, para luego caer en la vereda, provocando así una abolladura en la puerta trasera del lado del acompañante. Luego de dicho impacto, Almonacid inició su marcha hacia adelante, y pese a los gritos desesperados de los ocupantes del rodado que le pedían que se detenga, nuevamente dio marcha atrás y con el camión impactó violentamente y por segunda vez contra el vehículo, esta vez dando de lleno en la puerta delantera del lado del conductor, provocando una abolladura en dicha puerta.

Producto del accionar de Almonacid, tres de los ocupantes del rodado sufrieron lesiones en distintas partes del cuerpo que en principio revisten carácter leve, mientras que ellos y todos los restantes ocupantes del vehículo sufrieron fuertes dolores durante las horas posteriores al hecho. 

Existen elementos de convicción para tener al imputado como probable autor del hecho. Calificado provisoriamente como “homicidio en grado de tentativa, agravado por el vínculo” en el caso de su ex pareja y de “homicidio en grado de tentativa” para el resto de los ocupantes del automóvil, en calidad de “autor para” Almonacid

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