Prorrogan medidas de protección para víctimas de violencia en Chubut
Se mantendrán las medidas hasta próximo 31 o mientras dure la cuarentena obligatoria
RAWSON (ADNSUR) - El Superior Tribunal de Justicia del Chubut, a través de la acordada N° 4865, dispuso la prórroga de la suspensión de plazos, en los supuestos de medidas cautelares o medidas de protección de personas en el marco de procesos de violencia familiar o de género, o en los que se aborden temas de violencia familiar o de género.
La suspensión de dichos plazos se extienden hasta el 31 de marzo próximo y/o hasta que la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio cese, en todas las causas en trámite en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia del Chubut, salvo en aquellos casos donde el Juez o la Jueza de la causa entienda lo contrario, y así lo disponga en el caso concreto, ya sea a pedido de la víctima, de la Asesoría de Familia o que considere necesario dictar medidas distintas a las vigentes en ese momento.
En los considerandos de la medida, los ministros Mario Vivas y Alejandro Panizzi tuvieron en cuenta especialmente que en estos días han sido numerosas las presentaciones efectuadas tanto ante autoridades policiales, judiciales y organismos de protección de derechos por parte de las propias víctimas o de sus entornos, siendo previsible que, con el agravamiento de las medidas de aislamiento, éstas tengan efectos en la conflictiva familiar y en situaciones de violencia familiar y de género que ya se encuentran judicializadas.
Los magistrados expresaron “que el marco legal demanda del Estado acciones positivas a fin de proteger a las víctimas de violencia como, asimismo, prevenir nuevos hechos de violencia, debiendo facilitarse el acceso a una justicia rápida y eficaz que proteja a aquellas personas en situación de vulnerabilidad”.
Y aseveraron que “tal deber del Estado, comprende al Poder Judicial que es el encargado de articular, interpretar y sostener criterios protectorios en favor de las víctimas y/o personas que denuncian violencia familiar o de género, resultando de aplicación efectiva tales mandatos convencionales”.