Nicolás Muñoz
contecidos el pasado 16 y 18 de marzo robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, dos hechos en concurso real

Presidió el acto mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Sánchez Almirón, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Muñoz fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado adjunto de la Defensa Pública.

En un primer momento la funcionaria hizo alusión al primer hecho a investigar cuando el pasado 16 de marzo del presente, siendo las 23.10 hs. el imputado Muñoz, junto a otra persona aún no identificada, se hicieron presentes en la estación de Servicio YPF Matías de km. 5, ambos portando armas de fuego. Ingresan al sector de recaudación, apoyan un arma de fuego en la cabeza a uno de los empleados y se apoderan de la recaudación y de un celular, para finalmente darse a la fuga.

El segundo ilícito acontece dos días después, el 18 de marzo, cuando siendo aproximadamente las 22.25 hs. el imputado Muñoz junto a otra persona, aún no identificada, se apersonaron en la estación de servicio El Mapuche, ubicada en Av. Alejandro Mais y Raúl Alfonsín de km. 8. Ingresan y ordenan a los empleados a arrojarse al suelo. Mediante un martillo intentan abrir la caja registradora, pero no lo logran. Apoderándose de una determinada cantidad de cigarrillos, dos celulares y dinero de la recaudación; colocan los elementos dentro de una campera y se dan a la fuga. Calificando provisoriamente ambos hechos como “robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, dos hechos en concurso real”.

El fiscal a cargo de la investigación es Juan Carlos Caperochipi. El defensor no objetó ni el relato de los hechos, ni la calificación legal. La representante del Ministerio Público Fiscal a continuación pidió se declare legal la detención de Muñoz y solicitó su prisión preventiva, por 3 meses, fundada en los elementos de convicción suficientes para tener a Muñoz como probable autor de los hechos. Asimismo se refirió a los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por la escala penal de los delitos con un mínimo de 3 y un máximo de 10 años de prisión, por el horario nocturno en que fueron cometidos y por el uso de arma de fuego que provoca mayor intimidación. Por último requirió el plazo de ley, seis meses, para concluir con la investigación.

En contraposición el defensor consideró que la detención de su defendido fue ajustada a Derecho. Pero disiente con el pedido de prisión preventiva, aunque puedan avizorarse algunos peligros procesales. Éstos pueden subsanarse con medidas alternativas, como la obligación de presentarse periódicamente cuando corresponda ante la Oficina Judicial, y una prohibición de acercamiento a víctimas y testigos.

Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención del imputado y dar por formalizada la apertura de la investigación preparatoria del hecho, dando por anoticiado a Muñoz del mismo, y por asegurada su defensa técnica. Dictando la prisión preventiva del imputado por el término de un mes en base a la multiplicidad de hechos, las características graves de los mismos, ambos en horario nocturno, la multiplicidad de autores y el uso de arma de fuego. La materialidad de ambos hechos ha quedado probada con los videos. Por último se refirió el juez al peligro de entorpecimiento existente, ya que la libertad del imputado podría entorpecer la averiguación de la verdad.

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