COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El pasado miércoles 19 se llevó a cabo la audiencia de incidentes por un robo  una vivienda de la playa, detrás de la Prooveduría de la ruta 3, en donde hidieron a un hombre de arma blanca y lo ataron. Por el hecho está imputado Juan Carlos García. Los jueces revocaron parcialmente la decisión del juez natural y dictaron su prisión preventiva por tres meses.

Robó y apuñaló a víctima en Playa 99: Pasará tres meses preso

La funcionaria de Fiscalía se refirió a la medida de coerción que pesa sobre García que se trató el pasado 13 de septiembre. Resta resolver la situación del imputado que aquel día estaba ausente. El tribunal entendió que la resolución del juez natural era arbitraria y contradictoria en relación al coimputado en la causa Castro Flores. La resolución que denegaba la prisión preventiva de García resultaba contradictoria. "El Ministerio Público Fiscal coincide con estas circunstancias", manifestó. "El juez consideró que había elementos suficientes para formalizar el hecho, pero exigía una certeza que no es necesaria en ese momento procesal. Por ello la Fiscalía solicitó la revisión de la decisión y solicitó al tribunal compuesto por dos jueces la prisión preventiva de García".

Explicó que "existen elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente la coautoría de García en el hecho. García y Castro Flores entraron al hogar de la víctima, ubicado en la parte de la playa, detrás de la Prooveduría de la ruta 3, se alzaron con varios elementos,  hirieron a uno de los habitantes con un arma blanca en el pie izquierdo y lo ataron".

Al llegar la Policía, encontró a García saliendo, quien junto con Castro, fueron detenidos en el lugar, secuestrándose un arma blanca y elementos robados. También la funcionaria se refirió a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, recordando que el delito se calificó provisoriamente como “robo doblemente agravado en poblado y en banda y por la utilización de un arma blanca”, que prevé una pena mínima de 5 años de prisión.

Por todo ello, la funcionaria solicitó se dicte la prisión preventiva de García por el término de tres meses, en los mimos términos que se le dictó a Castro Flores, coautor del hecho, y que se revoque la decisión del juez Cosmaro de liberarlo.

En contraposición, la defensa entendió que no existe peligro de fuga, ni de entorpecimiento, solicitando que se realice la rueda de reconocimiento de personas y se ordene su traslado a un lugar de atención médica para tratar sus quemaduras.

Finalmente, los jueces revisores resolvieron declarar legal la detención, considerando que la decisión del juez Martín Cosmaro fue arbitraria, ilógica y no fundada en relación al dictado de la prisión preventiva de García. "La Fiscalía trajo a la audiencia elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho", consideraron.

También los jueces consideraron la existencia del peligro de fuga por el mínimo de la pena establecido para el delito investigado, 5 años de prisión, de cumplimiento efectivo, revocando parcialmente la decisión del juez natural y dictando la prisión preventiva de García por el plazo de tres meses.

Los jueces Miguel Caviglia y Mariel Suarez presidieron la audiencia de incidentes, por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Andrea Serer, funcionaria de Fiscalía, en tanto que la defensa del imputado García fue ejercida por Ricardo Amado, adjunto de la Defensa Pública.

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