COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El proceso juzgará nuevamente a los policías Pablo Ruiz y Mario Gómez, que iban en el patrullero de la Comisaría 1° que en octubre de 2003 presuntamente levantó al joven la noche antes de su desaparición. En el primer juicio habían sido absueltos. El tercero era Hernán Leiva, que falleció. Sí están confirmadas las penas de prisión efectiva para Marcelo Chemín, 12 años, y Fabián Tillería, 15 años.

La decisión de la postergación se basa en que la Defensa Particular de Gómez argumentó que está pendiente el recurso extraordinario a favor de su pupilo ante la Corte Suprema, en reclamo de su absolución anulada. Y que el imputado no tiene medios tecnológicos para participar. “El debate debe realizarse con la presencia de su asistido durante el juicio, en razón de la trascendencia que representa, de las pruebas y circunstancias a ventilarse”. También reclamó que se empiece cuando se terminen las normas sanitarias dispuestas por  el Gobierno nacional.

La Fiscalía coincidió. “Debe suspenderse el debate hasta que se defina la situación procesal de los justiciables, no sólo en atención a las garantías y derechos de los procesados, sino también la seguridad jurídica que podría verse vulnerada ante el dictado de dos sentencias definitivas válidas y contradictorias”. Su intención es evitar nulidades.

Según se verificó en el sistema de causas en trámite, la queja de Gómez por su absolución anulada no será resuelta de inmediato. “Por eso no resulta prudente -ya que se suma a otras variables que lo refuerzan- la realización de un nuevo juicio respecto de los imputados, y esto es lo central y donde coinciden las distintas partes, hasta tanto se defina su situación procesal”.

Dadas las condiciones sanitarias por la pandemia y la finalidad de continuar con el servicio de prestación de justicia, “se han venido desarrollando de la manera más eficaz y efectiva posible las audiencias de multiplicidad de juicios, sin perjuicio de que implica una complicación extra dadas las características de la integración del Tribunal en el caso en particular, ya que somos jueces de Ushuaia, Tierra del Fuego y Río Gallegos, Santa Cruz, con sede de audiencia en Comodoro, por lo cual no estarían dadas las condiciones óptimas”.

Sin embargo los magistrados advirtieron a las partes que “de persistir la situación de normas DISPO, deberán arbitrar los medios para asistir al juicio de modo presencial en la sala de audiencia del tribunal o proporcionarse los medios tecnológicos necesarios”.

EL CASO

En 2018 la Cámara Federal de Casación Penal había ordenado realizar un nuevo juicio oral y público para los tres policías que habían sido absueltos.

Serán juzgados los policías Juan Pablo Miguel Ruiz, Hernán Eliseo Leiva y Mario Alberto Gómez. Habían sido absueltos por el TOF pero la Cámara Federal de Casación Penal ordenó realizar un nuevo juicio para ellos. El trío iba en el patrullero 469 de la Comisaría Primera que detuvo y recogió al joven la noche del 2 al 3 de octubre de 2003 en Comodoro. Fueron vistos por al menos dos testigos.

El paso lento del patrullero y la observación del grupo de chicos a altas horas de la noche con Torres incluido pero separado momentáneamente del resto y parado sobre la vereda “fue la oportunidad perfecta para desplegar, una vez más, un abuso policial sobre él cuando el móvil retomó por calle Máximo Abásolo”, dijo Fiscalía en su momento.

El hecho se produjo bajo la gobernación de José Luis Lizurume y la investigación tuvo serias irregularidades y demoras. Seis testigos claves fueron asesinados. La polémica investigación continuó con el exgobernador Mario Das Neves. En esos años, tanto el Superior Tribunal de y los fiscales del caso negaron que se tratara de una desaparición forzada.

La familia debió llevar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que en 2011 condenó al Estado argentino por la desaparición forzada de Iván Torres y ordenó “iniciar, dirigir y concluir las investigaciones y procesos necesarios, en un plazo razonable, con el fin de establecer la verdad de los hechos, así como de determinar y en su caso, sancionar a todos los responsables de lo sucedido".

La condena del Estado argentino por la CIDH, llevó a que el Congreso Nacional aprobara en 2011 la Ley 26.679 tipificando la desaparición forzada e incorporándolo como delito al Código Penal.

LAS DEFENSAS

Según las defensas de los policías que ahora irán a juicio, no se puede avanzar este año porque está pendiente un recurso de Casación que fue concedido el 8 de julio. Se oponen a que María Millacura, la madre de Torres, pueda ser querellante. “No puede participar en juicio quien no es parte aún, hasta tanto se resuelva el recurso”, argumentaron. También invocaron el derecho de defensa ya que Ruiz y Leiva no pueden tener contacto directo con sus abogados oficiales.

Por otro lado, tampoco se resolvió una queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Las defensas también se opusieron a un proceso virtual y subrayaron “la mejor calidad de juicio con contacto directo e inmediatez, lo que también lo lleva a solicitar la suspensión hasta que eso fuera posible”.

La defensa de Gómez pidió la suspensión de la audiencia ya que el imputado “no cuenta con medios tecnológicos para participar en la audiencia, no se respeta el principio de inmediación y el recurso ante la CSJN no se encuentra resuelto”. Fiscalía coincidió con que primero se debe saber qué partes pueden intervenir y que la Corte debe definir si los involucrados son o no absueltos. “No puede realizarse un nuevo juicio hasta tanto se defina su situación procesal”, acotó. Sin embargo, cree que la pandemia no frena las audiencias, que pueden ser virtuales.

En su decisión, el tribunal advirtió que “compulsado el sistema de causas en trámite (ante la Corte) figura que aún no se encuentra con posibilidades de resolución inmediata, por lo que no resulta prudente la realización de un nuevo juicio. Esto es lo central y en donde coinciden las distintas partes, hasta tanto se defina su situación procesal”.

Todas las partes del proceso estuvieron de acuerdo en que el debate debe suspenderse para garantizar el derecho de defensa y para evitar posibles planteos de nulidades que pudieren suscitarse en lo sucesivo”, dedujeron los jueces.

Dadas las condiciones sanitarias por el Covid-19, para continuar con el servicio de justicia “se han venido desarrollando de la manera más eficaz y efectiva posible las audiencias de multiplicidad de juicios, sin perjuicio de que implica una complicación extra dadas las características de la integración del Tribunal en el caso”. Es que los magistrados del segundo juicio son de Ushuaia, Tierra del Fuego y Río Gallegos, y la sede es Comodoro.

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