TRELEW -  Este martes se realizó la audiencia preliminar en los tribunales de Trelew, donde se revisó la situación de un imputado por abuso sexual que resulta ser un sacerdote que se encuentra detenido desde el mes de diciembre de 2019. Participó el Juez Gustavo Castro, en representación del Ministerio Público Fiscal la funcionaria de fiscalía Mariela Wild y ejerciendo la defensa Martín Castro y Rodrigo Miquelarena.

Se trata del sacerdote de la iglesia católica Héctor Coñuel, de 45 años, imputado por abuso sexual de un menor de edad en la misión salesiana del barrio San Martín de Trelew.  A fines de noviembre de 2019 Coñuel había sido detenido en Chos Malal (Neuquén) y fue trasladado a Chubut, donde permanece detenido desde diciembre.

El sacerdote cuenta con el agravante de que ya tiene una condena en primera instancia por un hecho similar en Victorica, provincia de La Pampa.

La fiscalía refirió a los elementos colectados a propósito de cinco hechos ocurridos en fecha que no puede ser precisada con exactitud pero que data aproximadamente de fecha posterior al mes de mayo de los años 2011 o 2012, época en que la víctima tenía 14 o 15 años.

El magistrado tuvo en cuenta los argumentos fiscales para determinar la elevación a juicio oral de la causa, el que deberá ser programado por la oficina judicial para el próximo año.

La calificación imputada es la de abuso sexual simple agravado por la calidad de autor por ser ministro de un culto reconocido previsto en el artículo 119, 1er párrafo, 2do. supuesto, 5to. párrafo en relación al 4to. inciso b, todo en carácter de autor, artículo 45 del mismo código, un hecho y abuso sexual doblemente agravado aprovechando que la víctima no pudo consentir libremente la acción por la calidad de autor en atención a ser ministro de un culto reconocido y por ser cometido mediante acceso carnal, previsto en el artículo 119, 3er párrafo en relación al 4to. párrafo inciso b todo en carácter de autor, cuatro hechos.

Además todos los hechos concursan realmente entre si de acuerdo al artículo 55 del código penal e idealmente, artículo 54 del código, con la figura de promoción de menores de 18 años agravada por mediar engaño, violencia, amenaza y abuso de autoridad, ya que dichos actos son de características prematuras y perversas, aptas para desviar el normal desarrollo de la sexualidad del joven en formación.

Cabe destacar que el doctor Castro valoró el argumento de la subsistencia de riesgos procesales presentado por el Ministerio Público Fiscal, resolviendo la continuidad de la medida de coerción que lleva adelante el acusado hasta la realización del debate, por lo que permanecerá en prisión preventiva.

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