PUERTO MADRYN - “Lo característico de este tipo de casos es que si bien pudo existir acuerdo entre las partes involucradas a la hora de tomar las fotografías o grabar los videos en la intimidad, no resultó así al momento de compartir dicho material en Internet”, indicó la fiscal María Angélica Cárcano, sobre el caso del joven de 24 años que -cuando terminó la relación con su pareja- publicó en un sitio web los videos que habían filmado cuando aún mantenían una relación.

La Fiscalía formuló cargos y el joven quedó procesado por la difusión no consentida de material íntimo. Ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.

"El eje está en la publicación del material sin el consentimiento de las partes involucradas. Es por eso que al no haber mutuo acuerdo por parte de los involucrados en la publicación, las víctimas pueden tomar acciones legales contra los responsables por violación de sus derechos", explicó la fiscal.

La causa es por “la publicación en redes sociales o sitios web de fotografías o videos privados tomados en la intimidad sin el consentimiento de la pareja, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la creación de esas imágenes o videos”, explicó la fiscal María Angélica Cárcano, que formuló los cargos para procesar al joven que ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.

“Se trata de una práctica que constituye una grave afectación del derecho a la privacidad de las personas”, explicó la funcionaria que lleva adelante la investigación. “La legislación argentina, en la actualidad, cubre este tipo de hechos ilícitos pero en la esfera civil, no así la penal, donde si bien hay un proyecto para incorporar esta práctica al Código Penal la misma todavía no fue reglamentada”, explicó Cárcano y agregó que “la figura penal para este tipo de prácticas no se encuentra especificada, por lo que es canalizada por la vía de otros delitos, en este caso, por el de violación de correspondencia privada”.

La pena prevista para este delito es de prisión de un mes a un año cuando el autor comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.

“Es importante tomar conciencia de que cada vez que se visualiza y difunde este tipo de contenido sin consentimiento se está perpetuando este tipo de prácticas, que vulneran el derecho a la privacidad de las personas. Por ello, es fundamental no compartir fotos o videos íntimos ajenos y denunciar estos hechos ante la Justicia”, concluyó Cárcano.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer