Un hombre de Comodoro que abusó de un menor de edad podría recibir hasta 25 años de cárcel
El próximo 27 de noviembre se confirmará la pena al delincuente que cometió abuso sexual gravemente ultrajante y agravado a una víctima con la que convivía.
El jueves 23 de noviembre por la tarde se realizó la audiencia de cesura en el juicio por abuso sexual intrafamiliar y corrupción de menores que tiene a un hombre como único condenado.
Respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la fiscal del caso pidió que se lo condene a 25 años de prisión.
Por su parte la defensa pidió que sean 10 años en total, pero finalmente los jueces del tribunal anunciaron que el próximo lunes 27 de noviembre se conocerá la pena.
El pasado 16 de noviembre el tribunal declaró al principal apuntado como “autor” penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido contra una menor de 13 años y por la convivencia preexistente, al menos dos hechos en concurso real, abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años aprovechando la convivencia preexistente en calidad de autor, al menos dos hechos en concurso real; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante cometido contra una menor de 18 años, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores, agravada por haber sido cometido contra una menor de 13 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente en la modalidad de delito continuado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal”.
La fiscal se refirió a la declaración del imputado, detallando la escala penal en la que la fiscalía va a mensurar, que es de 10 años como mínimo y 50 años como máximo de prisión.
Además mencionó los agravantes relacionados con la naturaleza de la acción, el vínculo entre la víctima y el imputado, la pluralidad de hechos, la extensión en el tiempo (12 años), y el daño causado, que incluye repercusiones en la salud psíquica y física de la víctima, así como alteraciones en su desarrollo sexual y personalidad. Considerando como atenuante la carencia de antecedentes penales del imputado, la fiscal solicitó la imposición de una pena de 25 años de prisión.
El defensor, en su alegato, hizo referencia al concepto planteado por la fiscalía de que "alguien que hizo algo en la vida, no se puede recuperar". Argumentó que la naturaleza de la acción y la diferencia de edad no deberían considerarse como agravantes, y que la pluralidad de hechos y el daño no fueron discutidos. Además, destacó la falta de antecedentes penales del acusado como un factor a tener en cuenta para la imposición de la pena, solicitando en consecuencia el mínimo de la escala penal, es decir, 10 años de prisión.