COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Por el crimen ocurrido el pasado 25 de julio de 2013 en km. 5, del cual resultara víctima el estudiante universitario de Río Senguer, Alejandro Balle, a mediados del mes de enero del presente año la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia resolvió rechazar la impugnación extraordinaria presentada por la defensa de Alejandro Lezcano y confirmó la pena de prisión perpetua en su contra. Luego de producida su fuga de la Alcaldía local fue recapturado en la localidad de San Antonio Oeste.

Así el pasado 24 de octubre se conoció la resolución del juez Mariano Nicosia en la cual resuelve la situación procesal del acusado dejando sin efecto su declaración de rebeldía y captura, como también la Orden de Captura Internacional que se había librado en contra del condenado. Es decir no se realizó audiencia de control de detención, sino que se resolvió por escrito.

Asimismo el juez penal libró un oficio al “Jefe de la Alcaidía Policial con asiento en esta ciudad, requiriéndole que, mientras permanezca el acusado Lezcano allí alojado en forma temporaria y a la espera de su traslado hacia otro centro carcelario por disposición de la superioridad policial, deberán extremarse las medidas de seguridad para el mantenimiento de su detención, y también, implementarse un dispositivo de resguardo para asegurar su integridad física, evitándose todo contacto del nombrado con los efectivos que estuvieron a cargo de su custodia al momento de producirse la evasión”.

En sus considerandos Nicosia sostuvo que “habiendo desaparecido actualmente las causas que motivaron la resolución de declaración de contumacia que fuera dictada respecto al acusado por disposición del 13 de octubre de 2016, por haber él sido puesto a disposición de la autoridad judicial y sujeto nuevamente a la medida de coerción personal dispuesta, corresponde el cese de la rebeldía del causante y la continuación del trámite de la causa en el estado en el que se encuentra, dejándose sin efecto su detención.

Del mismo modo, en consideración a lo informado por la jefatura de la dependencia policial en la que se encuentra alojado en este momento, se le requerirá que, mientras permanezca el acusado Lezcano allí alojado de manera temporaria y a la espera de su traslado a otro centro carcelario, se deberán extremar todas las medidas de seguridad correspondientes, como así también implementarse cuanto dispositivo fuera necesario para asegurar la integridad física del mismo, evitando todo contacto del nombrado con los efectivos que estaban a cargo de su custodia al momento de producirse la evasión”.

EL CRIMEN

El hecho juzgado ocurrió “el pasado 25 de julio de 2013, siendo aproximadamente las 20.30 hs., los tres imputados, Lezcano, Reuter y Espinosa, concurrieron a bordo de un Fiat palio en las afueras del local comercial “Game Over”, donde trabajaba Balle.

Esperaron que cerrara el negocio y lo siguieron hasta su domicilio en Km. 5, mientras la víctima lo hacía en colectivo, con el objeto de robarle las llaves del negocio y el control remoto de la alarma. Una vez en el domicilio de la víctima, se bajan del auto Lezcano y Espinoza, el primero empuñando un arma de fuego y forcejean con Balle, mientras Reuter se queda en el auto esperándolos. Le aplican múltiples golpes en su cuerpo, uno de ellos le produce la fractura del cráneo.

Finalmente Lezcano le dispara en la cabeza y se fugan, sustrayéndole la llave del comercio, el control remoto de la alarma y dos celulares. La víctima queda tendida en su departamento y fallece como consecuencia del golpe en el cráneo y la herida de arma de fuego”.

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