Un mes de prisión preventiva para la banda que se hacia pasar por un jefe policial
Darío Rubén Gómez, Cristian Ozorio Bazan y Nanci Beatriz Bazan fueron imputados este viernes.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este viernes por la tarde se desarrolló en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia la audiencia de control y apertura por extorsión y asociación ilícita contra la banda acusada de extorsionar gente haciéndose pasar por el segundo jefe de la Brigada de Investigaciones de esta ciudad.
Los representantes de fiscalía solicitaron se les formalice el hecho a los tres imputados, Darío Rubén Gómez, Cristian Ozorio Bazan y Nanci Beatriz Bazan, en base a la figura legal de “extorsión, dos hechos en grado de tentativa y dos consumados, bajo la modalidad de asociación ilícita, tres de ellos simulando autoridad pública”, en calidad de coautores.
Asimismo los acusadores peticionaron se dicte su prisión preventiva por el término de tres meses. Los defensores por su parte postularon otra calificación legal menor requiriendo el arresto domiciliario para Beatriz Bazan, en tanto que para los otros dos imputados libertad con presentaciones semanales ante la autoridad judicial.
El acto fue presidido por la jueza penal Mónica García. Por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Juan Carlos Caperochipi, Fiscal Jefe; Jasmin Abraham y Cristian Olazabal, funcionarios de fiscalía. En tanto que la defensa de los tres imputados fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor general, e Ivo Di Taranto, adjunto de la defensa pública.
LA EXTORSIÓN
En un primer momento el fiscal jefe se refirió al primero de los hechos investigados cuando la primera víctima recibe mensajes intimidatorios por WhatsApp, “vas a pagar porque si no te escracho”. Tenía que pagar 3.000 $, pero con 2.000 estamos. "Si no me pagas te mando un patrullero a tu casa", le habría dicho.
La segunda víctima también es contactada vía el WhatsApp que utilizaba la banda para ofrecer servicios sexuales. Al frustrarse el encuentro le dicen a la víctima que tiene que pagar sino lo escrachan en las redes sociales. El extorsionador se identifica como Pablo Lobos, el segundo de la Brigada de Investigaciones local, luego deposita una suma de dinero que es retirada por Cristian Ozorio Bazan.
La tercera víctima también es contactada con el fin de averiguar servicios sexuales que no concretó. Tenés que pagar sino le aviso a mi jefe Pablo Lobos y entrega dinero en varias oportunidades.
El cuarto hecho también se produce cuando la víctima es contactada por mensajes de WhatsApp para ofrecer servicios sexuales. Pero cuando le dicen que debían adelantar el encuentro y la víctima no podía, es amenazada con ser escachada en las redes sociales.
El hecho fue calificado provisoriamente como “extorsión, dos hechos en grado de tentativa y dos consumados, bajo la modalidad de asociación ilícita, tres de ellos simulando autoridad pública”, en calidad de coautores para los tres imputados. Solicitando el plazo de ley para concluir con la investigación.
El defensor por su parte postuló las calificaciones legales de estafa y amenazas que a su entender proceden y que el plazo de investigación no debe superar los tres meses.
La jueza penal resolvió formalizar la apertura de investigación preparatoria del caso en base al hecho y la calificación legal expuesta por la fiscalía. Otorgando el plazo de tres meses de investigación.
Seguidamente los fiscales solicitaron la prisión preventiva de tres meses para los imputados en base a los elementos de convicción existentes, y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
En contraposición la defensa hizo referencia al principio de inocencia, negando la existencia de peligros procesales en el caso y requiriendo el arresto domiciliario para Beatriz Bazan, en tanto que para los otros dos imputados su libertad con presentaciones semanales ante la autoridad judicial.
Finalmente la jueza penal resolvió dictar un mes de prisión preventiva a los tres imputados para asegurar la averiguación de la verdad y el cumplimiento de la Ley. También mencionó los elementos de convicción existentes y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento.