Una jueza de Chaco ordenó suspender la ley del aborto en la provincia
La magistrada decidió hacer lugar a una medida cautelar en la que piden que se declare la inconstitucionalidad de la ley promulgada hace dos semanas por el presidente Alberto Fernández.
CHACO (ADNSUR) - La jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº19 de Resistencia, hizo este jueves lugar a una medida cautelar y suspendió la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Chaco.
En la cautelar, los demandantes pidieron que se declare la inconstitucionalidad de la ley promulgada hace dos semanas por el presidente Alberto Fernández.
En su fallo, Aucar de Trotti consideró que la Constitución provincial garantiza el derecho “a la vida y a la libertad desde la concepción”, por lo que “debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana”.
La cautelar presentada por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Ávila, Fernando Enrique Guirado, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina establecía que la ley de aborto legal “restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia del derecho a la vida del niño por nacer”.
La decisión de la magistrada fue calificada como "antidemocrática" por representantes de organizaciones feministas. "Este tipo de cautelares evidencian la trinchera antidemocrática, que suspende el ejercicio de un derecho y la implementación de una política pública sanitaria sin hacer un control mínimo, serio, de admisibilidad y procedencia de la acción", dijo a Télam Soledad Deza, abogada tucumana feminista que representó y logró la liberación de Belén, la joven que estuvo presa en esa provincia a causa de un aborto espontáneo.
La cautelar dictada por la jueza chaqueña contrastó con una medida adoptada hace diez días en Salta, en la que el juez federal Julio Leonardo Bavio rechazó hacer lugar a una medida para suspender la Ley IVE
El pasado domingo 24, la ley 27.610 de acceso a la IVE entró en vigencia en todo el país. Ese día, el Gobierno recordó que la norma establece que "los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, las entidades y empresas de medicina prepaga" deben incorporar "la cobertura integral y gratuita de esta práctica".