Violación en manada en Chubut: ¿Cómo será el proceso contra el fiscal Fernando Rivarola?
El Consejo de la Magistratura de Chubut deberá resolver, a fines de este mes o principio de julio, si admite dos denuncias contra el fiscal Fernando Rivarola, a partir de su actuación en el caso conocido como “la manada”, por la violación de una joven menor de edad ocurrida en Playa Unión.
RAWSON (ADNSUR) - El Consejo de la Magistratura de Chubut deberá resolver si admite dos denuncias contra el fiscal Fernando Rivarola, a partir de su actuación en el caso conocido como “la manada”, por la violación de una joven menor de edad ocurrida en Playa Unión. El presidente de la entidad, Enrique Maglione, explicó cómo es el procedimiento que se abre para resolver la acusación por “desconocimiento inexcusable del derecho” que promovió el fiscal de Estado en representación del gobernador Mariano Arcioni, que apunta a destituir al fiscal.
Vale recordar que además de la denuncia impulsada por la Fiscalía de Estado, se suma también la de la ciudadana Elena Rubilar, que ha actuado en forma particular, por lo que ambas presentaciones serán unificadas. Maglione detalló que también podría sumarse la de un colectivo feminista de Buenos Aires.
Las actuaciones seguirán su curso independientemente del resultado del acuerdo de juicio abreviado, que está para resolver por parte del juez de la causa. Tampoco tendría injerencia el consentimiento de la víctima sobre el procedimiento seguido por el fiscal, ya que una vez presentada la denuncia el organismo debe dar tratamiento y verificar si hay causales para iniciar un juicio de destitución.
Cambio de calificación
Maglione explicó que las denuncias contra el fiscal se dividen en dos aspectos principales: uno se vincula con el que tomó mayor trascendencia pública, que es el uso de la expresión de “desahogo sexual” como figura dolosa para imputar el abuso sexual simple. Si bien la expresión no está contemplada en el Código Penal, forma parte de manuales doctrinarios dejados de lado a a raíz de los cambios sociales en los últimos años, que ponen en evidencia la inaplicabilidad de ese tipo de expresiones. Por otro lado, se cuestiona el cambio de figura delictiva, ya que al promover el acuerdo de juicio abreviado, se modificó la tipificación inicial. Así, se dejó de lado la calificación de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la acción en banda, por otra menos gravosa, como es el abuso sexual simple. Esto posibilitó el acuerdo por una pena de 3 años de prisión en suspenso. Es decir, el beneficio para los imputados es que no irán presos, más allá de admitir su delito.
“En las denuncias se habla de la expresión que fue cuestionada, pero también del cambio de carátula –reseñó el presidente del Consejo-. Por otro lado, hay una acordada del Superior Tribunal de Justicia donde se prohíbe la solución alternativa (como el juicio abreviado) para este tipo de delitos de abuso sexual grave. Además, nuestro país adhirió en 1994, con la reforma de la Constitución, a pactos internacionales (entre ellos, la convención de violencia contra la mujer) que estarían en colisión con este acuerdo. Por eso el denunciante entiende que el fiscal Rivarola habría incurrido en causal de desconocimiento inexcusable del derecho, aplicando normas que colisionan con el Código Penal y la Constitución de la Nación”.
Procedimiento y plazos
En la próxima sesión del Consejo de la Magistratura, a fines de este mes o principios de julio, el organismo deberá conformar por sorteo una comisión de admisibilidad. La misma debe integrarse por un representante de cada uno de los 4 estamentos que participan (empleados judiciales, jueces y fiscales, abogados y consejeros populares), para resolver si las denuncias son admisibles.
Posterior a ello, si se resuelve dar curso a la investigación, se designará un sumariante. Este tendrá un plazo de 90 días, a contar desde el momento en que reciba toda la documentación del caso, para emitir un dictamen en el que podrá arribar a 3 conclusiones posibles: rechazar la acusación por entender que no hay fundamentos para sostenerla; recomendar una sanción administrativa; o promover el juicio de destitución.
Cualquiera sea la conclusión del sumariante, debe ser aprobada por la mayoría del cuerpo. Si se resolviera abrir un juicio de destitución, el proceso debe pasar al ámbito de la Legislatura provincial, por lo que el caso podría terminar de definirse el año próximo.