Este lunes 26 de febrero, los ministros del Superior Tribunal de Justicia resolvieron que volverán a investigar a la exjueza Mariel Suárez por presunto delito durante sus visitas y besos al preso Bustos. Había sido sobreseída en una investigación abierta por su conducta, al ausentarse de su juzgado para visitar a un preso condenado por homicidio. 

Según informaron desde el Ministerio Público Fiscal, los ministros subrogantes de la Sala Penal del STJ, Rafael Lucchelli, Martín Eduardo Zacchino y César Marcelo Zaratiegui, resolvieron “declarar procedente la impugnación extraordinaria de fiscalía y dispusieron la nulidad del sobreseimiento” a Mariel Suárez dictado por el juez Carlos Ariel Tedesco. 

Los magistrados dispusieron remitir la causa nuevamente a la Oficina Judicial de Comodoro para continuar el trámite, con un nuevo juez, según su estado, es decir en la audiencia preliminar al juicio.

Suárez fue sobreseída en la audiencia preliminar por el Juez Tedesco, con la oposición de la fiscal María Bottini, en una causa por los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionaria pública” y subsidiariamente por delito de “omisión de los deberes del oficio”, a pedido de la defensa.

El fallo interpelado fue dictado durante la audiencia preliminar del 22 de febrero, luego que la defensora Jefa Lucía Pettinari solicitara el sobreseimiento de la Jueza Penal Suárez, por entender que los hechos por los que fue acusada eran atípicos y no era posible vislumbrar con seriedad elementos probatorios para el juicio (artículo 285 incisos 3 y 6 del CPP).

Para esto se debía tener en cuenta que la imputada no había transgredido ley alguna, y que por aplicación del artículo 75 del CPP la fijación de audiencias no era propia de su oficio sino que corresponde a la Oficina Judicial. Agregó que el acto funcional propio, esto es la audiencia de control de detención, se llevó a cabo dentro de las cuarenta y ocho horas previstas legalmente; y que, si la funcionaria mintió acerca de su estado de salud para evitar el cumplimiento de la audiencia, sólo resultaba reprochable éticamente.

Por su parte, la Fiscalía, se opuso al planteo por entender que resultaba tardío y sostuvo que la jueza retrasó mediante engaño un acto propio de su función, por lo que la causa debía ser elevada a juicio.

Los Magistrados sostuvieron en su fallo que “se advierte que el magistrado no ha motivado debidamente la resolución que hoy se debate. Primordialmente, porque no ha efectuado un contralor serio de los hechos y posturas introducidas por las partes y respondió el planteo fiscal de elevación a juicio con generalidades y en forma imprecisa”.

El Ministerio Público Fiscal -representado por el Procurador General, Dr. Jorge Miquelarena y el Fiscal General Dr. Alejandro Daniel Franco-, ratificando el escrito impugnativo interpuesto por la Fiscal General María Bottini, requirió de este Cuerpo la revocación del sobreseimiento dictado por el juez penal de Comodoro Rivadavia, Dr. Carlos Ariel Tedesco en el marco de la audiencia preliminar llevada a cabo contra Mariel Alejandra Suárez, jueza penal de Comodoro Rivadavia, a quien se la acusó en el orden al delito tipificado en el art. 248 del Código Penal y subsidiariamente en el que prevé el art. 249. 

Todo ello, en base a los hechos que habrían ocurrido entre las 8.29 horas del 30 de diciembre de 2021 y las 11.29 horas del día siguiente, a propósito de la no celebración oportuna de la audiencia de control de la detención de Daniel Amed.

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