Arenas silíceas: pedirán a YPF "mano de obra local"
Es en el proyecto enviado a la Legislatura.
TRELEW - El proyecto que el Ejecutivo remitió a Legislatura para declarar las arenas silíceas del Valle de utilidad pública, refiere al «aporte histórico» de Chubut con recursos naturales a la Nación.
Menciona que a pesar de lo aportado la provincia a tenido «externalidades negativas en términos sociales, ambientales y económicos». Por eso plantea la exigencia que el plan extractivo de YPF debe generar empleo y favorecer la industria local.
El gobernador Mario Das Neves firmó el viernes antes del traspaso de mando al vicegobernador Mariano Arcioni, el proyecto de ley declarando el recurso de las arenas silíceas «de utilidad pública».
La compañía de mayoría estatal YPF, proyecta desde hace ya algunos años un plan extractivo de las arenas en canteras ubicadas a unos 60 kilómetros al norte de Dolavon. El recurso es utilizable como agente de sostén de la actividad petrolera y permitirá a la compañía abaratar considerablemente los costos para el desarrollo del fracking en Vaca Muerta, dado que actualmente importa las arenas silíceas.
Pero fue un informe de EL CHUBUT el que alertó hace casi dos años que se estaba avanzando con el proyecto prácticamente sin generar beneficios para la provincia. Esta semana por primera vez un presidente de YPF estuvo en Rawson con el gobernador Das Neves y éste le adelantó la decisión de declararlas de utilidad pública, con interés de asociar al Estado provincial con el proyecto de extracción del recurso.
En el texto del proyecto se expone que «atento que se trata de un recurso natural no renovable de características específicas muy particulares, y tomando en cuenta los antecedentes de aportante neto de recursos naturales y energéticos que la Provincia ha realizado histórica e ininterrumpidamente a la Nación, y que dicho esfuerzo generó a lo largo del tiempo externalidades negativas en términos sociales, ambientales y económicos que el Estado y el Gobierno del Chubut deben prever e intervenir a los efectos de evitarlas y/o mitigarlas».
Y agrega el texto que se debe «al mismo tiempo maximizar con su explotación la estrategia de desarrollo territorial equitativo y sustentable, teniendo como ejes la defensa del recurso natural, del valor que este genera (trabajo y empresas) y de las rentas del Estado».
NECESIDAD PUBLICA
En la nota de elevación del proyecto por las arenas silíceas, Das Neves recuerda que «la Provincia ejerce el dominio originario y eminente sobre los recursos naturales que se encuentran en su territorio y su mar promoviendo el aprovechamiento racional para garantizar su desarrollo (Art. 99 de la Constitución Provincial. Recursos Minerales Art. 102)».
Y además remarca que el artículo 2 del Código de Minería dispone que «con relación a los derechos las minas se dividen en tres categorías: 1) Minas de las que el suelo es un accesorio, que pertenece exclusivamente al Estado y que sólo pueden explotarse en virtud de la concesión legal otorgada por autoridad competente. 2) Minas que, por razón de su importancia, se conceden preferentemente al dueño del suelo; y minas que, por las condiciones de su yacimiento se destinan al aprovechamiento común. 3) Minas que pertenecen únicamente al propietario, y que nadie puede explotar sin su consentimiento, salvo por motivos de utilidad pública». También recuerda el artículo 5 de dicho Código y más adelante la nota de elevación expresa que «en el caso de efectuarse la declaración de utilidad pública de la explotación de estas sustancias el propietario del suelo tiene derecho de preferencia para explotarlas bajo las mismas condiciones que proponga el ocurrente (Art. 203 C.M.). Y agrega: «Más allá de la clasificación legal, existe una necesidad pública de que el Estado Provincial pueda explotar estas sustancias; las cuales por sus características constituyen una alternativa muy buena para la utilización en la industria petrolera como «agente de sostén». Fuente: El Chubut