Bienes personales: aumenta la alícuota para quienes tienen activos en el exterior y premian la repatriación de moneda extranjera
El Gobierno nacional publicó por decreto los nuevos valores de varios impuestos a partir de la ley de emergencia económica, entre ellos, de Bienes Personales.
BUENOS AIRES (ADNSUR) – Este sábado el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial los nuevos valores de varios impuestos a partir de la ley de emergencia económica, entre ellos, de Bienes Personales.
El decreto 99/2019 fue firmado por Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y de Trabajo, Claudio Moroni.
La reglamentación aumenta la alícuota hasta el 2,25%, para quienes tengan activos en el exterior y premia a quienes repatrien moneda extranjera. Hasta ahora los activos en el exterior tributaban lo mismo que aquellos en el país.
En su artículo 9, se publica la tabla con los nuevos porcentajes. Allí se establece que el valor total de los bienes situados en el exterior que exceda el mínimo no imponible no computado contra los bienes del país pagarán una tasa del 0,7% cuando tienen un valor de hasta 3 millones de pesos; el 1,20% entre 3 y 6,5 millones; el 1,8% entre 6,5 y 18 millones; y 2,25 los activos que superen los 18 millones de pesos.
Por otro lado, establece beneficios para la repatriación de las tenencias de moneda extranjera en el exterior y de "los importes generados como resultado de la realización de los activos financieros pertenecientes a las personas humanas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo".
"Quedan exceptuados del pago”, indica, “los sujetos que hubieren repatriado activos financieros a la fecha señalada en el artículo anterior [31 de marzo de cada año], que representen, por lo menos un 5% del total del valor de los bienes situados en el exterior".
Aunque hace una aclaración: el beneficio se mantendrá en la medida que esos fondos permanezcan depositados hasta el 31 de diciembre, inclusive, del año en que se realizó la repatriación.