capital federal - A partir de este sábado, a las 8 de la mañana, los medios de comunicación tienen prohibido difundir resultados de encuestas electorales. Los medios que incumplan esta normativa podrían tener multas de hasta el 10% de la facturación mensual.

El promedio de todas las encuestas que elaboró Clarín, junto con Management & Fit, muestra que la fórmula Alberto Fernández-Cristina Kirchner tiene un 37,8% de intención de voto para las PASO; mientras que la de Mauricio Macri-Miguel Pichetto 35,2%. El tercer lugar, con 8,5% sería para Roberto Lavagna-Juan Manuel Urtubey, seguido por José Luis Espert (4%), Del Caño (3,3%) y Gómez Centurión (1,6%). 

La Cámara Nacional Electoral recordó que la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos establece que "desde ocho (8) días antes de cada elección y hasta tres (3) horas después de su cierre, ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet, u otros, podrá publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión, o pronósticos electorales, ni referirse a sus datos". Es decir, la restricción comienza a regir el sábado 3 de agosto, a las 8 de la mañana.

Esta normativa arrancó en el año 2009, cuando se sancionó la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos N° 26.215. Allí también se estableció que los medios de comunicación que incumplan esta prohibición podrán tener una multa de hasta el 10% de su facturación publicitaria mensual.

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"El proceso de aplicación de la sanción, que podrá iniciarse de oficio o por denuncia, estará a cargo del juez federal con competencia electoral del distrito del domicilio de la empresa y la decisión será apelable ante la Cámara Nacional Electoral", dice la normativa vigente.

Esa Ley también estableció la creación de un Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión, que maneja la Cámara Electoral, y establece una serie de requisitos para que las encuestadoras mantengan su inscripción en dicho registro.

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Por ejemplo, uno de los requisitos es que durante el período de la campaña electoral, las encuestadoras tienen la obligación de presentar un informe "donde se individualice el trabajo realizado, quién realizó la contratación, el monto facturado por trabajo realizado, un detalle técnico sobre la metodología científica utilizada, el tipo de encuesta realizada, el tamaño y características de la muestra utilizada, el procedimiento de selección de los entrevistados, el error estadístico aplicable y la fecha del trabajo de campo".

En tanto, desde las 8 de la mañana del viernes 9 de agosto, dos días antes de las elecciones PASO, comenzará la veda electoral, por lo que regirá la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo, además de publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

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