RAWSON (ADNSUR)- El Procurador General de la provincia se excusó de intervenir en el caso por ser integrante el Tribunal Electoral Provincial, siendo incompatible el desenvolvimiento de ambos roles. Dispuso en consecuencia delegar la tarea en cabeza del Procurador General Adjunto con residencia habitual en Comodoro Rivadavia, remitiendo el expediente a aquella ciudad para el cumplimiento de la carga impuesta.

“Sobreviene así otro hecho de relevancia constitucional que pone en crisis las actuaciones en curso conforme la sucesión de acontecimientos descriptos. El cargo de Procurador General Adjunto, creado por el gobierno de Mario Das Neves -cundido de desapego republicano, despotismo y arbitrariedad-, es manifiestamente inconstitucional”, remarcó el presidente del Bloque Cambiemos, Eduardo Conde.

Agregó que “mediante Ley V N° 119 del Digesto Jurídico, se modificó el régimen orgánico del Ministerio Público Fiscal incorporando la figura del Procurador General Adjunto, quien es designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura con el voto de los dos tercios del total de sus miembros, siendo a la postre nombrada la persona que ostenta el cargo desde hace diez años a esta parte”.

“La norma  de la cita contraría lo expresado y taxativamente dispuesto en la Constitución de la Provincia, en su art. 166, que solo faculta al gobernador a designar con acuerdo legislativo a los jueces del Superior Tribunal, al Procurador General y al Defensor General, quedando los demás cargos judiciales, Jueces Letrados, Fiscales y Defensores, en cabeza del Consejo de la Magistratura a los efectos de su nombramiento”, señaló el abogado.

En este sentido añadió que en la Cámara de Diputados: “existe un proyecto de mi autoría para nulificar el cargo, y aguardo que el Cuerpo se pronuncie afirmativamente con la iniciativa”.

El art. 10 de la Constitución Provincial expresa: "Toda ley, decreto u ordenanza que imponga al ejercicio de las libertades o derechos reconocidos por esta Constitución otras restricciones que las que la misma permite o prive de las garantías que ella asegura, son nulos y no pueden ser aplicados por los jueces".

“Vale decir que el dictamen del Procurador Adjunto estaría vulnerando los derechos y garantías consagrados en la Constitución en resguardo del sistema político y, en consecuencia, los jueces no podrán valorar la eficacia del pronunciamiento”, esgrimió.

Aguardo la opinión del Dr. Daniel Sabsay al respecto, quien ha manifestado que la Legislatura ha transgredido el orden constitucional. Espero que el especialista en la materia se pronuncie en torno a la ineficacia de los actos en cabeza del Procurador General Adjunto, de forma de que conteste con su formación y rigor científico en la interpretación del derecho constitucional”, concluyó Conde.

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