De qué trata el decreto de Milei que anula el aumento de su sueldo y el de sus ministros
La resolución fue difundida por el vocero presidencial Manuel Adorni por medio de sus redes sociales.
La Casa Rosada indicó que a través del decreto 235/2024 deroga la normativa que automáticamente disponía los aumentos del personal jerárquico del Estado al de los trabajadores de la administración pública nacional.
Por su parte, el Presidente Milei responsabilizó a la ex vicepresidenta, Cristina Kirchner, de haber creado ese decreto en el 2010 y le propuso que resigne las jubilaciones de privilegio por las que cobra más de $14.000.000.
Por su parte, el vocero presidencial, Manuel Adorni, difundió en su cuenta de X el decreto 235/2024 que derogó el artículo 4° de la resolución 206 del pasado 28 de febrero que determinó los aumentos de salarios en el Ejecutivo.
Qué dice el decreto 235/2024
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Derógase el artículo 4° del Decreto N° 206 del 28 de febrero de 2024. ARTÍCULO 2°.- La medida establecida en el artículo anterior rige a partir del 1° de febrero de 2024. ARTÍCULO 3°.- Fíjanse las retribuciones de las Autoridades Superiores de las Jurisdicciones, Entidades y Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, incluidas las comprendidas en el Decreto N° 838/94 y sus modificatorios, en el régimen del Decreto N° 1716/92 y su normativa complementaria y en el Decreto N° 140/07, y de los funcionarios con rango y jerarquía equivalente, conforme los montos vigentes al 31 de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 4°.- Las retribuciones de las Autoridades Superiores de las Jurisdicciones, Entidades y Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, incluidas las comprendidas en el Decreto N° 838/94 y sus modificatorios, en el régimen del Decreto N° 1716/92 y su normativa complementaria y en el Decreto N° 140/07, y de los funcionarios con rango y jerarquía equivalente, no podrán ser establecidas en el marco de la homologación de las Actas Acuerdo que se celebren conforme la negociación colectiva de trabajo para la Administración Pública Nacional, salvo disposición expresa en contrario y se fijarán de forma independiente.
ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.