Debate por despenalización del aborto: ¿en qué casos lo autoriza la ley?
Las excepciones que establece el Código Penal.
CAPITAL FEDERAL - El Gobierno habilitó el debate parlamentario por la legalización del aborto y días atrás hubo una masiva manifestación en distintos puntos del país para pedir esta ley. Por su parte, la Iglesia se manifestó y pidió dar un debate "razonable y humano". Sin embargo, el aborto no punible tiene antecedentes en la Argentina. De hecho, en 2012 la Legislatura porteña aprobó en una ley -que fue vetada por Mauricio Macri- que reguló el acceso al aborto no punible en la ciudad de Buenos Aires. La norma fue sancionada a tono con un fallo de la Corte Suprema, que determinó que las mujeres víctimas de una violación pueden practicarse un aborto sin autorización judicial.
El debate de la ley tuvo 30 votos a favor, 29 en contra y estableció también que los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia. Al vetar la ley, Macri -en ese momento jefe de Gobierno- fundamentó que "contenía prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación". En apoyo a esta ley se pronunciaron María Elena Naddeo (FPyP), Gabriela Alegre (FpV), Juan Cabandié (FpV), Alejandro Bodart (MST)Rubén Campios (UCR), Maximiliano Ferraro (CC), Gabriela Cerrutti (NE), María Rachid (FpV) y en contra los legisladores del PRO.
A nivel nacional, el artículo 86 del Código Penal del año 1921 estableció que el aborto no sería punible en caso de peligro para la vida o la salud de la mujer si este peligro no puede ser evitado por otros medios, en caso de violación o de atentado al pudor de mujer "idiota o demente".
La Corte Suprema marcó un hito con su fallo sobre el aborto por violación, que resolvió que las mujeres violadas sean "normales o insanas" pueden interrumpir un embarazo sin autorización judicial previa ni temor a sufrir una sanción penal y eximió de castigo al médico que practique la intervención.
Fuente: TN