RAWSON (ADNSUR) - El defensor del Pueblo de Chubut, Héctor Simionati, presentó un recurso de amparo contra el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) a fin de que restablezca las prestaciones de la obra social SEROS, que da cobertura a los empleado públicos de la provincia, ya que las mismas se encuentran cortadas por falta de pago.

Entre los antecedentes, el ombudsman señala que “las prestaciones de salud brindadas por la Obra Social SEROS fueron suspendidas por distintos prestadores durante el lapso transcurrido entre los días 19 a 26 de marzo de 2018, en virtud de la falta de pago a los mismos por parte del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut. Provisoriamente, aunque parcialmente, esta situación se pudo superar”.

Sin embargo, añade, “los días domingo 15 y lunes 16 de abril de 2018 distintos medios periodísticos dieron cuenta de un nuevo corte en las prestaciones de salud a la obra social SEROS, a partir del día 16 de este mes y por tiempo indeterminado, en virtud de la falta de pago y de la inexistencia de un cronograma para saldar la deuda que mantiene el Instituto con los prestadores.

A raíz de este contexto extremo que afecta a los afiliados directos e indirectos de la obra social SEROS, quienes quedan en una total situación de desamparo en materia de cobertura de salud (tanto los titulares como sus grupos familiares), es que vengo a plantear la presente acción”.

Agrega además que la afiliación para los empleados provinciales (de los 3 poderes del Estado), como también agentes municipales y jubilados, resulta obligatoria, por lo que se ven obligados de buscar otra cobertura.

El recurso, al que tuvo acceso ADNSUR, sostiene además que “es el Instituto (el que) tiene las herramientas necesarias, en su carácter de administrador del sistema, de instar la observancia del deber de efectuar los aportes al régimen y eventualmente, ante el incumplimiento, de activar el mecanismo de ejecución fiscal previsto normativamente”.

Por lo tanto, solicita al juez que ordene al Instituto “ reestablecer en forma inmediata las coberturas de las prestaciones de salud a las que se encuentra obligado por imperio de la Ley Provincial XVIII N° 12”.

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