RAWSON (ADNSUR) - Los legisladores del FPV también puntualizaron que “somos conscientes que estas normas de excepción en defensa del Estado, afectan derechos de los administrados y de los particulares que originan litigios de resultados inciertos. Por ello hemos intentado proteger por un lado los derechos laborales, y por otro la de los pequeños proveedores del Estado que no podrían soportar la suma de las políticas de ajuste de nivel nacional, y la suspensión de pagos a nivel provincial”.

Asimismo, y en relación al endeudamiento, indicaron que pretenden un equilibrio acordado entre intendentes, presidentes de Comunas y el Estado Provincial sobre el destino de los fondos. Por ello, los proyectos del Bloque del PJ-FpV tienen las siguientes modificaciones:

Se desdoblan dos proyectos: uno con las normas de reordenamiento y otro para facultar la toma de créditos. En el primero de los proyectos se establece expresamente que se abroga la Ley VII Nº 70, y se pone fin a cualquier debate sobre la validez de los actos legislativos que pudieron ser atacados por las anomalías conocidas. Según destaca Jornada, tanto el desdoblamiento como la abrogación de la Ley VII Nº 70, generan un marco de mayor seguridad jurídica para el Estado.

REORDENAMIENTO

En los artículos 1° y 3° del proyecto de reordenamiento, se han incorporado algunas sugerencias efectuadas por los gremios estatales, en defensa de derechos laborales.

Se ha acotado el alcance de las normas de reordenamiento, dejando fuera de las mismas al Poder Judicial y Poder Legislativo. En el artículo 2° se establece expresamente que la ley estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016, fecha de cierre del próximo ejercicio presupuestario.

En el artículo 3°, que suspende los pagos de las obligaciones del Estado, se exceptúan las obligaciones con proveedores de bienes que no superen el monto de 500.000 pesos. Este agregado tiende a proteger a los pequeños proveedores, que no tienen capacidad económica y financiera para soportar una suspensión de pagos. 

En el artículo 4° que establece la suspensión del pago de sentencias, se excluyen expresamentelas derivadas de responsabilidad extracontractual, y las referidas a jubilaciones y pensiones. La excepción resulta acorde a la protección que el Estado debe brindar a los afectados por su accionar extracontractual, y a los que reclaman prestaciones previsionales.

RENDEUDAMIENTO

En el artículo 2° se establece que los fondos producto del endeudamiento deben ser afectados exclusivamente a obras. Las mismas deben acordarse con los intendentes y presidentes comunales, con jurisdicción sobre la zona donde se desarrolla la obra. Los acuerdos deben cerrarse antes del 31 de marzo próximo, dando cuenta la Legislatura.

La norma pretende empoderar a los representantes directos de las comunidades que están en las mejores condiciones para establecer las prioridades en materia deobras para sus pueblos.

OPOSICIÓN CONSTRUCTIVA

“El PJ-FpV somos una oposición constructiva, que busca consensos, que no pondrá palos en la rueda, y que por sobre todas las cosas trabaja intensamente para darle al Ejecutivo herramientas equilibradas, y que defiendan los intereses de los más vulnerables”, manifestaron los diputados.

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