RAWSON - La diputada del PJ-FpV presentará en la sesión de este martes un proyecto de ley que tiene como objeto mantener y generar puestos de trabajo a través unidades productivas autogestionadas por sus trabajadores.

La diputada propone crear el Programa de Promoción y Fortalecimiento de Unidades Productivas autogestionadas por sus trabajadores, que provienen de procesos de recuperación de empresas y fábricas, o las generadas directamente por iniciativa de trabajadores que fueran víctimas de procesos de despidos, cualquiera sea la modalidad de asociación elegida por ellos para llevar adelante la unidad productiva.

Sostiene que para participar en el Programa es condición previa inscribirse en el Registro de Unidades Productivas Autogestionadas por los Trabajadores que implementará la subsecretaria de Asociativismo y Economía Social. Los trabajadores podrán recibir una ayuda económica individual, cuyo monto será equivalente al establecido para el salario mínimo, vital y móvil y se abonará mensualmente durante un período máximo de doce meses.

Se podrá recibir dos tipos de ayuda: la denominada Línea I para financiar reparaciones, compra de materias primas, insumos o consolidación de la unidad productiva en el mercado por un período de nueve meses.La línea II para financiar el proyecto de inversión con destino a capital de trabajo, equipamiento, instalaciones e infraestructura por un período de 12 meses.

Será condición para recibir cualquiera de ellas, que hayan participado de la línea de apoyo técnico para mejorar la capacidad, la productividad y competitividad de las unidades productivas previstas y que las mismas indiquen su factibilidad.

UNIVERSIDAD

Dentro de los articulados, se indica que el programa será llevado adelante por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, celebrando a tal fin una extensión del Acuerdo Marco que posee el Gobierno del Chubut con la Universidad, donde se establecerán las condiciones de asistencia, la modalidad y los fondos que financiarán dicho programa. Además las unidades económicas autogestionadas podrán solicitar asistencia técnica para mejorar los procesos productivos, el desarrollo de mercados, capacitación en Funciones de dirección y gestión empresarial, procesos de mejora de la calidad y sus respectivas certificaciones, desarrollo de proveedores, acceso a nuevas tecnologías, al crédito en el mercado financiero, mejora de estándares ambientales como el tratamiento de residuos sólidos o líquidos, certificaciones, y mejora en servicios logísticos.

Se establece que el programa se iniciará con un diagnóstico obligatorio sobre la situación de la unidad productiva, el programa de asistencia, el cronograma y equipo técnico asistente como la correspondiente certificación de viabilidad técnica y económica del proyecto previsto.

PROCESO Y RECUPERACIÓN

Tendrán prioridad para la participación en el Programa las unidades productivas cuyos titulares hayan despedido al personal, entrado en un proceso de quiebra y los que hayan manifestado su intención del cierre definitivo y sus trabajadores hayan constituido alguna de las formas societarias o cooperativas que permitirían mantener y generar los puestos de trabajo perdidos por la decisión empresaria.

El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación y con la asistencia de la UNPSJB realizará un diagnóstico de mercado, procesos, insumos y costos; y las proyecciones, a fin de decidir las alternativas y en su caso la expropiación de dicha unidad productiva, con el fin de garantizar la continuidad productiva en manos de los trabajadores.

DIEZ MILLONES DE DÓLARES

Sobre la creación del Fondo para las empresas recuperadas que el Poder Ejecutivo Provincial constituirá, con carácter excepcional y extraordinario, se dispondrá como mínimo diez millones de dólares de los fondos provenientes de la ley VII Nº 72, para el pago de las indemnizaciones de las unidades productivas a expropiar, con el fin del sostenimiento de la paz social y el mantenimiento de los puestos de trabajo. Por lo tanto se autorizará al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para hacer efectivo el Fondo creado debiendo adoptar los recaudos necesarios a fin de preservar el poder adquisitivo del monto comprometido.

En tanto, los bienes inmuebles, equipamientos e instalaciones que sean motivo de expropiación en el marco de la presente Ley se deberán entregar a las asociaciones de trabajadores que fueran empleados por dicha unidad productiva. Dicha entrega podrá hacerse en alquiler o venta, estableciéndose en Convenios específicos las condiciones para cada caso.

Además deberá eximirse de cualquier tipo de pago de impuestos provinciales que sean necesarios para la constitución y puesta en marcha de la totalidad de los aspectos instrumentales necesarios a la presente Ley por parte de las unidades productivas incluidas en el Programa.

Asimismo, se deberá eximir por el plazo de cinco años de los impuestos provinciales que se generen en razón de los actos, bienes y actividad económica originados en la presente Ley y desde el momento de su puesta en marcha.

Sobre la autoridad de aplicación serán en forma conjunta la Secretaría de Trabajo y el Ministerio de la Producción, quienes tendrán a su cargo el dictado de la totalidad de las disposiciones reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de aplicación.

Fuente: Diario Jornada

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