RAWSON (ADNSUR) - Gran preocupación hay por estas horas en el Ministerio Público Fiscal, que tiene la carga pública de llevar adelante la acción penal, ante la gran cantidad de suspensiones de audiencias y postergaciones de juicios a causa de la pandemia, que en algunos casos se resuelven de manera virtual, pero en la gran mayoría provocan un estiramiento en los tiempos de los procesos.

Lo que preocupa concretamente es que el Código Procesal Penal establece un plazo máximo de duración de un proceso hasta la confirmación en una segunda instancia, que es de 3 años, y que llega hasta 5 años en las causas complejas. Esto quiere decir que en muchos casos, donde la investigación llevó varios meses y se debieron resolver no pocas presentaciones de abogados defensores, se estaría llegando al tiempo límite que marca la ley, que una vez cumplido, podría generar un sobreseimiento de los acusados, e incluso condenados en primera instancia podrían terminar absueltos. 

Por esa razón, se está trabajando en estas horas en la redacción de un proyecto de Ley que sería enviado cuanto antes a la Legislatura, y que buscaría en principio incluir una reforma en el Código Procesal Penal para que esos tiempos –previstos para momentos de normalidad- puedan quedar en suspenso ante una cuestión de emergencia, como ocurre en esta época con la situación sanitaria a causa de la pandemia mundial.

La idea del borrador que está en proceso, y que se está terminando de definir desde el Ministerio Público Fiscal en acuerdo con el Superior Tribunal de Justicia, es redactar un nuevo artículo que ponga en suspenso todos los tiempos vigentes a partir de 2020, hasta una nueva fecha que marque el retorno a la normalidad luego del Covid-19, que hoy provoca que muchos actores del sistema, como abogados, magistrados y empleados, no puedan concurrir a sus lugares de trabajo.

Según pudo saber ADNSUR, la idea de hacer esta reforma a través de una ley surgió como una alternativa más concreta y permanente a la otra opción, que era la de continuar con las suspensiones de plazos a través de sucesivas acordadas, lo que podría traer aparejadas objeciones de tipo legal. La otra opción es que ante cada caso particular, el Superior Tribunal deba emitir una sentencia para no dar por concluida una causa, pero esos plazos podrían generar que por ejemplo, personas que estaba presas queden momentáneamente en libertad, una posibilidad que se quiere evitar.

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