El próximo miércoles se conocerá la sentencia contra “Chito” Alarcón
El Juez Martín O’ Connor analiza por estas horas los planteos de las partes en sus alegatos. El Fiscal Marcelo Crettón defendió la tesis de la acusación pública y pidió la declaración de responsabilidad penal de Oscar “Chito” .
RAWSON (ADNSUR) - En el juicio a Oscar “Chito”Alarcón, por cobro de doble sueldo –en el municipio de Trevelin y en la Provincia-, caso que se ventila en los Tribunales de Esquel, el Juez Martín O’ Connor analiza los planteos de las partes en sus alegatos, y dictará el fallo el miércoles 31 de julio.
El fiscal Marcelo Crettón defendió la tesis de la acusación pública, y pidió la declaración de responsabilidad penal de Alarcón, “por haber cometido fraude en perjuicio de la administración pública, agravado por tratarse de un empleado público, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
El abogado defensor, Fabián Gabalachis, opinó distinto, y sostiene que no hubo ninguna conducta achacable a su defendido, e indicó que los órganos del Estado contaban con toda la información necesaria, y que si actuaron sin el debido celo, no es responsabilidad de Oscar Alarcón.
Crettón repasó uno a uno los testimonios, resaltó las omisiones que entiende cometió Alarcón, y el desconocimiento del municipio de Trevelin respecto de que el imputado había comenzado a percibir haberes del Estado Provincial. Expuso que al momento de conocer esta situación, se pidió opinión al cuerpo legal, iniciándose un sumario administrativo. Fue entonces cuando se aconsejó al intendente la realización de la denuncia penal.
Según destaca Jornada, el fiscal resaltó que no se había detectado antes porque no existía un sistema que lo pusiera en evidencia. Cuando el Tribunal de Cuentas es informado, pidió la documentación.
Reiteró que “Chito” Alarcón omitió informar su designación en el municipio en el que se desempeñaba como empleado público integrante de planta permanente, en pleno conocimiento del deber de denunciar que le impone la normativa vigente (Arts. 67 segundo párrafo de la Constitución Provincial, Art. 14 y 20 de la Ley I Nº231 – Ética de la Función Pública). El acusador sostuvo que una persona que actúa de buena fe, al verificar la doble acreditación de haberes hubiera puesto en conocimiento de quién corresponda esta situación.
PEDIDO DE ABSOLUCIÓN
Por su parte Gabalachis volvió a criticar la acusación pública. Insistió en que en este caso no existió ninguna acción, comisión, ardid o engaño para lograr hacer incurrir a la Administración Pública en un Error que le generara un perjuicio. Lo que hizo fue no informar. “No hubo maniobras de Alarcón, actitudes, actividades comisivas…”, resaltó. Sostuvo además que el decreto de designación por el entonces gobernador Mario Das Neves, fue a parar a su legajo personal en la municipalidad de Trevelin. “Cuanto más exigible es la conducta de la víctima menos la del sujeto activo”, acotó.
“La deficiencia de no haber informado su rol o percepción dentro de la administración pública provincial –recalcó el letrado-, no se le puede achacar cuando el municipio no cuidó apropiadamente sus intereses”.
Finalmente se refirió al error de prohibición. Entendió que si en el decreto de su designación, el gobernador decía que comenzaba a remunerarse su función por el Ministerio de Coordinación de Gabinete, al cobrar ese salario era entendible que considerara que la situación era correcta. Solicitó la absolución. El fallo del Juez, se conocerá el miércoles 31 de julio.