Es oficial: después de 8 años, el gobierno convocó a elecciones para vocales del ISSyS el 18 de septiembre
El decreto tiene fecha del 14 de junio, 90 días antes de la elección. Se renovarán a los representantes de empleados activos y pasivos en el organismo que maneja la obra social y la caja de jubilaciones de Chubut.
Este martes 25 de junio fue publicado en el Boletín Oficial el decreto 736/24, a través del cual el Poder Ejecutivo convocó a elecciones de vocales por activos y pasivos dentro del directorio del Instituto de Seguridad Social y Seguros, el organismo que maneja la obra social seros y la caja de jubilaciones.
Con esta convocatoria, que llegó luego de una intervención de 9 meses a través de una ley para normalizar el ente, el Ejecutivo cumplió con una manda que tenía un atraso enorme, ya que la última vez que se había votado fue hace 8 años, en 2016.
De acuerdo al decreto, se convoca “a los afiliados activos de la Administración Pública Provincial, dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Entes Descentralizados, Autárquicos y Autofinanciados, Municipales y Comunales, a fin que procedan a elegir un (1) Vocal Titular y dos (2) Vocales Suplentes, con el objeto de integrar el Directorio del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut para la cobertura del mandato por el periodo de dos (2) años".
Además, se convoca “a los afiliados pasivos del Instituto de Seguridad Social y Seguros a fin de que procedan a elegir un (1) vocal titular y dos (2) vocales suplentes, a los fines y efectos establecidos en el artículo anterior”.
Por otro lado, el decreto designa a los integrantes de la Junta Electoral que llevará adelante el procedimiento de los comicios: Luciana Souza Mariñas, José Martin Alaniz, Emilio Gustavo Gómez, Elena Eliana Rubilar Acevedo, Viviana Caren Lloyd, Sergio Samuel Duran, Horacio Alfredo Crettón, “quienes cesarán en sus funciones una vez proclamados los candidatos electos al Directorio”.
Se indica que “el desempeño como tales tiene el carácter de carga pública, por lo que mantendrán todos los derechos y situación laboral en sus respectivas reparticiones hasta tanto hayan finalizado su cometido invocado en el presente decreto”.
En el artículo 4 se fija “a realización del acto eleccionario para el día 18 de septiembre de 2024, entre las 09 y las 16 horas”, y luego el artículo 5 establece los requisitos para ser candidato al cierre de padrones definitivos:
a) Tener como mínimo cinco (5) años continuos de antigüedad en la Planta Permanente de Personal en la Administración Pública de los Organismos mencionados en el artículo 1°, cumplidos al 31 de julio de 2024.
b) No registrar entre sus antecedentes laborales suspensión de diez (10) dias corridos o más, sanciones expulsivas, de cesantías o exoneración, ni tener Sumarios Administrativos pendientes al momento del cierre del padrón definitivo.
Para el Sector Pasivo:
a) Contar como mínimo con dos (2) años continuos inmediatos de haberse acogido a los beneficios de la jubilación al momento del cierre del padrón definitivo establecido en el Reglamento Electoral. Deberán acreditar su condición de tal con la presentación del instrumento legal que concedió el beneficio, el que debe ser en forma total y definitiva.
Respecto a impedimentos e inhabilitaciones para ser candidato a vocal representante de los afiliados, se dispone: a) Los que se encuentren litigando contra el Instituto; b) Los beneficiarios, directos o a sus derechohabientes, de pensiones graciables. c) Los adheridos a las leyes de débito laboral en el tránsito hacia el cumplimiento de los requisitos para acogerse a los beneficios de la jubilación; d) No estar inscriptos en el Registro de Alimentantes Morosos Ley XIII N° 12; e) Los alcanzados por imperio de las leyes XII N° 18 y XII N° 20.
El artpiculo 7 instituye que el voto será directo, secreto y voluntario, y en el 8, se aclara que “la Junta Electoral elaborará los padrones provisorios, abriendo un período temporal de reclamos y solicitudes; finalizado dicho periodo confeccionará los padrones definitivos con los agentes del sector activo y los beneficiados del sector pasivo, registrados hasta el 31 de julio de 2024”.