Un proyecto de ley propone que las licencias de conducir no tengan vencimiento. La iniciativa fue presentada por la diputada nacional del PRO, Patricia Vásquez, en el mes de julio pasado y está siendo seriamente evaluado.

 “Las licencias no van a vencer más. El cambio es más libertad con más responsabilidad. Cada cinco años habrá que presentar un certificado médico y una declaración jurada, gratuitamente. No tenés que pagar más renovaciones de licencias”, adelantó la legisladora. 

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó  en las últimas que podría ser una realidad próximamente. “No puedo dar muchos detalles porque se va a anunciar con el Ministro de Economía en un par de semanas. Estamos trabajando con la diputada Patricia Vásquez en algo que va a ser muy cool”, lo que permite inferir que el proyecto de la legisladora es el que el gobierno impulsará, eventualmente con alguna corrección o ajuste. 

Licencia sin conducir sin vencimiento.

El proyecto establece que las licencias de conducir en sus categorías no profesionales "se otorgarán sin fecha de vencimiento, debiendo los conductores presentar cada cinco (5) años una declaración jurada e informar, vía plataforma electrónica, y su aptitud psicofísica para conducir mediante de un certificado emitido por médico acreditado por la autoridad de aplicación a estos efectos. A partir de los 75 años, esta exigencia deberá ser cumplimentada cada año en idéntica modalidad. La presentación de certificado médico y declaración jurada es de carácter digital y sin costo”.

Y también señala que “la autoridad de aplicación elaborará el protocolo de evaluación de aptitud psicofísica para el manejo de categorías no profesionales y dictará los cursos de formación específicos para los médicos que expidan los certificados correspondientes.

La  autoridad de aplicación, según publica Infobae, deberá contar con un registro de los médicos que hayan aprobado dicho curso, el que deberá ser de acceso público.

El certificado de aptitud psicofísica deberá contar con la firma del médico, y demás requisitos técnicos y legales que establezca la autoridad de aplicación, garantizando la inalterabilidad del mismo”.

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