CAPITAL FEDERAL - Este martes la AFIP demandó a Cristóbal López y a su socio, Fabián De Sousa, y a Ricardo Echegaray por "daños y perjuicios", a raíz de la deuda generada por el fisco al no pagar con Oil Combustibles SA el Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC). La deuda generada en el expediente judicial era inicialmente, por $ 8.000 millones pero a la fecha, contabilizando intereses y punitorios y deuda post concursal de la firma, se estima que ya deben al organismo que conduce Leandro Cuccioli unos $ 19.000 millones, pero la demanda se hizo por "monto indeterminado".

Por primera desde su fundación, en 1996, la AFIP presentó una demanda civil por "daños y perjuicios", que en este caso puntual está destinada a que el Estado sea compensado "por las obras que tuvo que dejar de hacer por no haber podido contar con el dinero retenido por las empresas de Cristóbal López".

En un escrito de 50 páginas al que accedió Clarín, el abogado del fisco, el radical Ricardo Gil Lavedra, presentó la demanda ante el juez Julián Ercolini, quien lleva la causa donde se investigó la maniobra a través de la cual López se financió con fondos que debían ir al Estado a través del pago del ITC.

"La presente acción tiene por objeto reclamar la reparación e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a la AFIP", indica el escrito y allí se plantea que los tres acusados "son civilmente responsables por los perjuicios ocasionados al fisco como consecuencia de tales hechos, y cuya reparación integral, incluyendo intereses y costas, se persigue con la promoción de esta acción".

Bajo esta misma línea argumentativa, el organismo recaudador sostuvo que "desde la más alta conducción de la propia AFIP se pergeñó una verdadera maniobra defraudatoria por la cual, durante más de cuatro años, a través de un gran número de irregularidades, se permitió que Oil no ingresara el impuesto sobre los combustibles líquidos como lo preveía la normativa vigente".

A la fecha la AFIP le reclama a Cristóbal López una deuda de $ 19.000 millones. Pero se aclara en la demanda que aún no es posible determinar el monto definitivo del reclamo, dado que el mismo, "se encuentra sujeto no sólo a las sumas que pudieran seguirse devengando por las deudas que acumule Oil con el Fisco", sino por los montos que deban ser deducidos por la "eventual percepción de sumas de la AFIP como acreedora en el concurso preventivo abierto o eventual quiebra y demás acciones que pudieren iniciarse con el fin de obtener el repago de los tributos adeudados".

Se exige a través de la demanda, que los acusados respondan por "la totalidad de las sumas dejadas de percibir por el Fisco en función de la maniobra defraudatoria", sostienen además que"los perjuicios causados por la afectación de la institucionalidad de la AFIP por la pública burla a los controles del Fisco" y que "el lucro cesante que supone para el Estado Nacional la indisponibilidad de las sumas lisa y llanamente sustraídas al erario público".

Para la AFIP los fondos no tributados "se usaron indebidamente para capitalizar a las demás sociedades del grupo económico al que pertenece (grupo Indalo), como así también para expandirlo. Este proceder tornó incierto el cobro de lo adeudado por parte del Estado Nacional".

En tal sentido, entendió el fisco que se generó "un grave daño al Estado Nacional" como consecuencia del "obrar antijurídico del entonces Administrador Federal, Ricardo Echegaray, y de Cristóbal López y Fabián De Sousa", quienes consumaron "una maniobra defraudatoria consistente en permitir, a través de distintos artilugios que daban apariencia de legalidad, la acumulación de deudas por parte de la empresa OIL para detraer fondos que debían ingresar al Fisco, en beneficio de las otras sociedades del Grupo Indalo", expresa la demanda civil.

Esta maniobra que el juez Ercolini calificó de "defraudación al Estado" (figura que la Cámara federal porteña cambió a retención indebida de tributo) permitió que Oil "financiara y beneficiara al resto de las empresas del Grupo Indalo con sumas que pertenecían al Fisco".

Al momento de realizar la demanda civil, la AFIP señaló que la misma se sustenta en "el perjuicio concreto está determinado por la defraudación de la que la AFIP fue objeto. La responsabilidad de Ricardo Echegaray en su calidad de funcionario máximo del organismo recaudador surge en forma directa, tal como se ha relatado y fue tenido por probado en el expediente".

Como principal autoridad del fisco, Echegaray, "permitió el acogimiento a sucesivos planes de pago y omitiendo el reclamo de la deuda" y "toleró a sabiendas su ilegalidad".

Toda esta estructura administrativa, habilitó a López a que "luego de incumplir sistemáticamente con el pago del impuesto, utilice el dinero del Fisco para financiar a otras sociedades del Grupo Indalo".

Ante esos hechos investigados, la AFIP entiende como actor social considerado en la causa que lleva Ercolini, que "quienes fueron responsables de esa maniobra", ya sea en calidad de autores, partícipes, beneficiarios, hayan intervenido en los hechos, "deban responder por los perjuicios ocasionados al Fisco Nacional".

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