La Justicia respaldó a Casanello y ordenó al Gobierno entregar los alimentos retenidos en depósitos. Así lo decidió la Sala II de la Cámara Federal porteña, tras la apelación realizada por el Ministerio de Capital Humano. Cabe recordar que el pasado lunes 3 de junio, el juez penal había dispuesto la entrega a comedores y merendero.

En este marco, los jueces Martin Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah, emitieron un fallo donde acompañaron la decisión de Casanello.

“La decisión fue adoptada por un juez penal en el marco de una causa en desarrollo, con lo cual no puede sostenerse -como pretende la recurrente- que estamos en presencia de una intromisión indebida de la justicia en esferas que son de exclusiva competencia de otro órgano del Estado”, indicó Irurzun.

Casanello había dispuesto la entrega de los alimentos a comedores y merendero Foto: TN
Casanello había dispuesto la entrega de los alimentos a comedores y merendero Foto: TN

“No están en discusión las políticas de Estado en materia de seguridad alimentaria sino, lisa y llanamente, si existió una ilícita actuación de funcionarios públicos que agravó aún más la situación catastrófica en la que se encuentra un importante grupo de personas que no tienen sus derechos humanos básicos cubiertos”, agregó, según informó Clarín.

Por su parte Farah se refirió al polémico intercambio y discusión que mantuvieron Juan Grabois y Leila Gianni, subsecretaria legal de Capital Humano.

“En la audiencia realizada el día de ayer las partes no contribuyeron en nada para la solución del caso. Todo lo contrario”, afirmó.

Los camaristas criticaron la discusión entre Grabois y Gianni Foto: La Nación
Los camaristas criticaron la discusión entre Grabois y Gianni Foto: La Nación

Respecto a la medida cautelar de Casanello, el camarista reveló que “puso el acento en expresas previsiones de uno de los tratados internacionales con jerarquía constitucional que resultan de aplicación al caso por existir en el país una situación de pobreza de alcances significativos y por haberse demostrado la existencia de numerosos alimentos adquiridos y almacenados para ser destinados a paliar aquella situación”.

Por otra parte, valoraron una decisión que tomó el juez penal y marcaron una distinción de prudencia en sus palabras. En este sentido, señalaron que Casanello tomó una decisión diferente a la solicitada por la Fiscalía, al no ordenar la entrega directa de los alimentos, sino encomendar al Ministerio de Capital Humano la elaboración de un plan de distribución de los alimentos almacenados en depósitos. Esta distinción resalta la actitud prudente del juez de primera instancia, quien optó por esta medida que requiere ser destacada por su enfoque cuidadoso en el manejo de la situación.

En tanto Broico, sostuvo que el juez “no le indicó al organismo que procediera a la inmediata entrega de los productos a actores determinados, sino que se le pidió la inmediata presentación de un plan conteniendo el cronograma a ejecutarse”.

“No es cierta la vehemente afirmación, incluso desmedidamente adjetivada, de que el Poder Judicial de la Nación estaría invadiendo incumbencias exclusivas del Poder Ejecutivo al pretender instrumentar políticas de Estado referidas a la distribución alimentaria orientada a colectivos vulnerables”, concluyó.

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