Pérez Catán apeló la decisión de Sastre y pide que las candidaturas del Chusoto las resuelva la Cámara Nacional Electoral
El presidente de Chubut Somos Todos, junto al patrocinio de una abogada, pidió que se revea la decisión del juez de Rawson que impide que ese partido presente listas con extrapartidarios. Ahora falta que esto lo firme el mismo Sastre para que sea analizado en Buenos Aires.
Tal como había anticipado más temprano ADNSUR, la justicia electoral del Chubut resolvió que el Chusoto no podrá llevar candidatos extrapartidarios en este turno electoral, lo que de quedar firme pone en duda la posible candidatura de Federico Massoni, quien tiene todas las fichas puestas para encabezar categoría a Senadores.
Ante esta decisión, la última información indica que el presidente de la Junta de Gobierno de ese partido, Máximo Pérez Catán, junto al patrocinio de una abogada, presentó un escrito en el que pide que una instancia superior revea la decisión de Sastre, lo que -de ser autorizado- pasaría el tema al ámbito de la Cámara Nacional Electoral.
De confirmarse el avance de la apelación –está a la firma de Sastre- sería el máximo organismo electoral nacional el que deberá resolver sobre los nombres de la lista de Chusoto. Pero todo se convierte en una carrera contra el reloj, porque mañana a las 12 de la noche, vence el plazo para presentar listas de candidatos ante las juntas electorales de cada fuerza política.
La polémica se originó ante una decisión del juzgado electoral, que fue confirmada hoy en carácter de primicia a esta agencia por la secretaria electoral, Betina Grosman, quien señaló que “el juez dictó una providencia donde intimó a las autoridades partidarias a que adecuaran el reglamento que habían presentado con la carta orgánica, porque habían dispuesto la facultad de poder habilitar extrapartidarios en las listas”.
De esta manera, Grosman se refirió a que en la página web del Chusoto y ante la justicia, se había publicado un reglamento para este turno electoral que habilitaba a presentar un tercio de extrapartidarios, es decir, un candidato dentro de los cuatro de cada categoría.
Sin embargo, la definición del juez luego de estudiar la documentación, es que la regulación interna del partido no prevé esa posibilidad, por lo que no sería habilitada una lista que eleve la junta electoral y que contenga a un extrapartidario.
“El juez entendió que la carta orgánica no habilita esta posibilidad, porque tendría que estar específicamente contemplada como norma permanente”, dijo Grosman, quien explicó que “el artículo 2 de la Ley de Partidos Políticos dice que podrán llevar extrapartidarios siempre y cuando esté previsto en su carta orgánica en forma específica, y acá no está previsto”.
Añadió la funcionaria judicial que “la resolución que dictó el juez (Hugo Sastre) fue basada en la ley de partidos políticos y en la carta orgánica del Chusoto que está publicada en la página web del Poder Judicial, y que fue sancionada en 2017”.