Proponen que los fueros no protejan funcionarios y gremialistas de delitos comunes
Lo presentaron diputados de Cambiemos en este jueves en la Legislatura Provincial
RAWSON (ADNSUR) - En la sesión de este jueves en la Legislatura Provincial, los diputados Manuel Pagliaroni y Eduardo Conde presentaron un proyecto de enmienda por el cual se busca realizar una modificación al Artículo 248 de la Constitución del Chubut, para limitar los fueros de funcionarios y gremialistas y excluir de su protección la comisión de delitos comunes.
El bloque de diputados provinciales de Cambiemos presentó en la sesión de este jueves en la Legislatura un proyecto de enmienda para modificar el Artículo 248 de la Constitución Provincial en relación con los casos en los que los funcionarios públicos y dirigentes gremiales pueden ser detenidos y sometidos a proceso. La innovación de la iniciativa es que busca que los fueros no brinden inmunidad en el caso de que cometan delitos ajenos a sus funciones.
El proyecto de ley, firmado por los legisladores Manuel Pagliaroni y Eduardo Conde, será tratado en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura, y consiste en una enmienda del mencionado artículo que hasta ahora establece que los funcionarios y sindicalistas no pueden ser detenidos ni procesados en ninguna circunstancia, salvo que sean hallados in fraganti en la ejecución de un delito penal.
De aprobarse la propuesta en la Cámara, el Artículo 248 quedará redactado de la siguiente forma: “Los legisladores, los magistrados del Poder Judicial, el Procurador General, el Defensor General, los fiscales y defensores, los ministros del Poder Ejecutivo, los miembros electivos de los municipios, los dirigentes y representantes de sindicatos y organizaciones gremiales legítimamente constituidos gozan de completa inmunidad en sus personas y en sus domicilios desde el día de su elección o nombramiento hasta el día de su cese y no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo el caso de ser sorprendidos in fraganti en la ejecución de un delito con pena privativa de la libertad, o por la comisión de delitos comunes ajenos a su competencia específica”.
La modificación implica también cambios en términos procesales, ya que establece que “cuando por parte de un juez nacional o provincial se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a toda persona que posea fueros, el Tribunal competente deberá seguir adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión”.
Además agrega que “el llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad, pero en el caso de que la persona beneficiada con los fueros no concurriera a prestarla, el Tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción, jurado de enjuiciamiento o juicio político”.
La propuesta de Cambiemos constituye un significativo aporte en momentos en que se discute públicamente el tema de los fueros y produciría una importante modificación en la puesta en práctica de los mismos, a los que se invoca en cualquier circunstancia, como se observó en más de una oportunidad en Chubut en casos de notoria repercusión pública.