Qué dice la nueva Constitución de Jujuy impulsada por el gobernador Gerardo Morales
La reforma parcial fue aprobada y jurada este martes en medio de graves incidentes en las calles de la ciudad capital.
Impulsada por el gobernador y precandidato presidencial Gerardo Morales, la reforma parcial de la Constitución de Jujuy, que prohíbe los cortes de calles y de rutas en la provincia, fue aprobada y jurada este martes en medio de graves incidentes en las calles de la ciudad capital.
La Carta Magna jujeña, que no era reformada desde 1986, causó una ola de rechazos entre los sectores de los trabajadores, organizaciones sociales, desocupados y comunidades de pueblos indígenas que ven con preocupación la quita de derechos conquistados en democracia.
En la Cámara de Diputados, Morales, presidente de la convención constituyente, dirigió el proceso de modificación del texto constitucional, aprobado y jurado entre los convencionales del oficialismo y del Partido Justicialista elegidos el 7 de mayo pasado en las elecciones generales de la provincia.
Desde su nacimiento como proyecto, para ser convertida en Ley a fines de septiembre del año pasado, la iniciativa fue tomada como un caballito de batalla de la actual gestión, convocando a "un gran debate de los jujeños" en sus comienzos.
Se abrió una etapa de consultas con diversos sectores de la sociedad que emitieron su opinión en torno a las modificaciones a incluir, pues el nuevo texto abarca más de 60 artículos.
Sin embargo, los cuestionamientos a la reforma fueron en aumento, en especial en este mes, cuando las protestas de los estatales por salarios dignos sumaron a la consigna el "No a la nueva reforma", ya que sostienen que es "retrógrada y quita derechos".
Las comunidades originarias fueron las que levantaron la bandera de reclamo en gran parte de la provincia y esto se visibilizó con más fuerza en estos días con cortes de ruta para exigir directamente la anulación de la reforma constitucional oficialista.
Frente al conflicto y antes de la jura, Morales dio marcha atrás para revisar dos artículos, el 36 y el 50 (relacionados con derechos de los pueblos originarios), que ya habían sido aprobados y volvieron a la redacción vieja del '86.
A la vez ratificó el contenido del artículo 67 que limita la protesta social. "No solo es solo por uno o dos artículos contra nuestros derechos, la lucha es contra toda la reforma", dijeron a Télam referentes de Nación Kolla que representa a comunidades indígenas de la quebrada y puna jujeña.
La sesión preparatoria de la Convención Constituyente se realizó el 22 de mayo, tras lo cual se habilitó un plazo de tres meses para llevar adelante un debate de la norma, aunque la discusión concluyó en menos de un mes.
Tras quedar reglamentado el funcionamiento del cuerpo, se dio inicio trabajo de las siete comisiones sobre educación, cultura, salud, seguridad, derechos, deberes, garantías, régimen electoral, municipal y de otros temas, incluyendo la comisión redactora.
Un tema que fue apareciendo sobre la marcha y que generó un fuerte rechazo fue la intención del Gobierno y sus constituyentes de suprimir las elecciones de medio término (cada dos años) modificando la Carta Magna, pero esto quedó en el camino ya que ni siquiera se lo presentó como parte de un artículo.
De los 48 constituyentes solo terminaron el debate 40 ya que los restantes presentaron sus renuncias, entre ellos los seis convencionales del Frente de Izquierda disconformes por el funcionamiento de las comisiones con falta de difusión y escasa participación en las consultas, y se firmaron despachos de mayoría y minoría.
Con el artículo 50, bajo el título "Derechos y Garantías de las Comunidad de los Pueblos Indígenas", el Gobierno anunciaba una nueva Constitución ampliando derechos que protegen la identidad, la cultura, la espiritualidad y los modos de vida ancestrales, además de garantizar la propiedad comunitaria.
En sus enunciados fijaba que la Constitución "reconoce la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias y pueblos indígenas de Jujuy y garantiza el respeto a su identidad, espiritualidad, herencia cultural conocimientos ancestrales y el derecho a una educación bilingüe e intercultural".
El punto 2 establecía: "El Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, con el fin de garantizar y reafirmar la integridad territorial de la provincia en la Nación".
En el 3, el Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano y el 4. Ninguna de las tierras mencionadas en los incisos anteriores serán enajenables, transmisibles ni susceptibles de gravámenes o embargos.
Asimismo, el artículo en su inciso 5. "El Estado garantiza el derecho a la participación y consulta previa e informada de las comunidades originarias reconocidas en la provincia respecto a sus recursos naturales y a los intereses que las afecten de manera directa".
Mientras que el Artículo 50 se mantiene con el texto "Garantiza la protección a los aborígenes", con lo cual "la provincia deberá proteger a los aborígenes por medio de una legislación adecuada que conduzca a su integración y progreso económico y social".
Tampoco se modificó el Artículo 36 que reconoce el derecho a la propiedad privada que marca que "la propiedad es inviolable y ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia firme fundada en ley", entre otros aspectos.
En cambio, se ratificó el Artículo 32 "Derecho de Reunión y Manifestación" que expresa: "Queda asegurado a todos los habitantes de la provincia y sin permiso previo el derecho de reunión y de manifestación cuando fueren pacíficas y sin armas".
Por otro lado, la Convención constituyente ratificó en su plenitud el Artículo 67, titulado "Derecho a la Paz Social y la Convivencia Democrática Pacífica", y al cual se apunta porque "cercena" los derechos a la protesta y manifestación callejera.
En los incisos se marca que: "Todas las personas tienen derecho a vivir en una sociedad basada en la paz social, la tolerancia mutua y la convivencia democrática pacífica, libre de violencia e intimidación".
Además, que "el Estado debe asegurar, como base fundamental de la convivencia democrática pacífica, que las personas ejerzan sus derechos sin avasallar los derechos de las otras" y que "la ley establecerá los mecanismos para proteger el derecho a la paz social y a la convivencia democrática pacífica".
En ese contexto, se incluyó la "reglamentación del ejercicio del derecho a la manifestación, ante casos en los que sea necesaria la gestión adecuada de la misma para garantizar el disfrute común del espacio público, o la libre circulación de las personas…".
Quedó expresado también "la prohibición de cortes de calles y cortes de rutas, así como toda otra perturbación al derecho a la libre circulación de las personas y la ocupación indebida de edificios públicos en la provincia".
Estos cambios relacionados con el derecho a la protesta generaron el repudio de los sectores sindicales especialmente al entender que se trata de "una imposición más del Gobierno contra los trabajadores".
"Esta constitución no reúne toda la legalidad ni la legitimidad que tiene que tener un cuerpo normativo de esta entidad", expresó hoy la secretaria general de la Asociación del Personal de Organismo de Control (Apoc) Susana Ustárez, y afirmó que el gobernador "está poniendo en riesgo el control público en la provincia".
"Está creando una auditoría con alcance y funciones totalmente disminuidas", por encima del Tribunal de Cuentas, dijo, con lo cual este organismo "va a dejar de existir".
Además con la nueva constitución, hay "graves declaraciones contra la protesta social criminalizándola y cercena derechos a casi todo los espacios laborales y en particular los organismo de control reduciendo su alcance y funciones".