RAWSON (ADNSUR) - A contra reloj, y con los plazos al límite, el gobierno de Mariano Arcioni debió firmar este lunes un Decreto de Necesidad y Urgencia para frenar las ejecuciones de los juicios salariales en su contra, ante la medida cautelar ordenada por la conjueza Agustina Barone, quien dio la razón a un amparo presentado el gremio Apoc para que se pague de inmediato los sueldos atrasados a sus afiliados.

La entidad representa a empleados de organismos de control que tienen los sueldos en su mayoría del cuarto rango, como es el caso del Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado, Contaduría General, y Oficina Anticorrupción, entre otros. Desde hace tiempo venían realizado retención de servicios y el jueves pasado obtuvieron el fallo de la conjueza ante la falta de respuesta del Ejecutivo. 

Inmediatamente, ante la falta de fondos para afrontar los dos meses de atraso para unos 160 empleados, el gobierno decidió emitir un DNU en el que expresa que a raíz de la emergencia económica, quedan suspendida la ejecución de los pagos por este tipo de juicios salariales, hasta que mejore la situación económica.

Cómo ocurre con toda medida excepcional de este tipo, que tiene carácter de ley pero con un vencimiento de 30 días, ahora será remitida a la Legislatura para su tratamiento, y los diputados podrán darle 18 votos para convertirlo en ley, o en todo caso rechazarlo. 

La situación de Apoc fue la gota que colmó el vaso para el gobierno luego de una serie de juicios individuales que se venía generando desde el año pasado, principalmente de magistrados, quienes lograban que luego de la excusación de parte de todos los jueces de la provincia, se expidiera algún conjuez, es decir, un abogado sin relación con el Estado. 

En este caso fue Agustina Barone, hija del ex defensor general Arnaldo Barone, quien luego de intimar a la provincia a que de una respuesta, terminó resolviendo con una medida cautelar que ordena el pago inmediato de todo lo adeudado. Es la primera de este tipo de carácter colectivo, es decir, impulsada y ganada por un gremio que representa a un grupo de empleados.

QUÉ DICE EL DNU QUE FUE PRIMICIA DE ADNSUR 

Artículo 1°.- SUSPENDASE, durante la vigencia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91, los efectos de las medidas cautelares, sentencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como de los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Administración Pública Central y Descentralizada, las entidades Autárquicas, Autofinanciadas, Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial. De oficio, corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las medidas cautelares ya dispuestas.

Artículo 2º.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia.

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido ARCHIVESE.

Un gremio obtuvo un amparo colectivo salarial y obligó al gobierno a sacar un DNU para frenar las ejecuciones
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