Veda electoral en Chubut 2023: cuáles serán las restricciones y qué sucede si no se cumplen
La veda rige desde este viernes en el marco de las elecciones de este domingo 30 de julio. Desde cuándo no se venderán bebidas alcohólicas y todo lo que hay que tener en cuenta.
El domingo 30 de julio, los chubutenses deberán acercarse a las escuelas de la provincia para emitir su voto. Como siempre, la jornada electoral comenzará a las 8 de la mañana y finalizará a las 18 horas.
Por la veda electoral, en Chubut hay algunas actividades que quedan prohibidas desde las 8 de la mañana del viernes 28 de julio y hasta las 21 del domingo 30 de julio, tres horas después de la finalización de los comicios.
🍷CÓMO SERÁ LA VENTA DE ALCOHOL
La venta de cualquier tipo de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 horas del día en que se celebran los comicios (30 de julio).
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
❌INCUMPLIMIENTO DE LA VEDA ELECTORAL
Aquellas personas que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
🚫LO QUE ESTÁ PROHIBIDO DURANTE LA VEDA ELECTORAL
- Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
- Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo
- Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.