La Legislatura de Chubut sancionó, en la Sesión Ordinaria del jueves pasado, un proyecto resolutivo presentado por la diputada Tatiana Goic en el que se solicitan informes al ministro de Seguridad del Chubut, Federico Massoni, respecto del protocolo y capacitación policial en materia de casos de Violencia de Género.

Se requerirá acerca de qué protocolo se aplica en las Comisarías de la Mujer para casos de Violencia de Género y qué tipo de capacitación reciben los efectivos policiales en materia de género y atención de víctimas de violencia.

Solicitan que esto deberá estar acompañado por "la correspondiente documentación respaldatoria donde conste el detalle de cada uno de los cursos, sus contenidos y las fechas y lugares en que fueron realizados”.

Tras aludir a “la problemática de violencia de género y femicidios en la provincia del Chubut, la Ley XV N° 12, la Ley XV N° 26 y la Ley III N° 36, de adhesión a la Ley Nacional N° 26.485”, se consideró que “la problemática de la violencia de género en nuestra provincia muestra un marcado aumento en los últimos cuatro años en materia de denuncias judiciales” y que “la forma más extrema de violencia contra las mujeres, el femicidio, muestra una triste estadística de 10 víctimas fatales en un lapso de los últimos dos años”.

“La Ley XV N° 26 define la responsabilidad del Estado Provincial en proteger a la mujer y al colectivo LGBTIQ+ contra la violencia de género y dispone en el art. 12° que el Estado “en el marco del principio de la Debida Diligencia, debe organizar todo el aparato gubernamental y en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiestan el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos y procurar además el establecimiento, si es posible, del derecho conculcado y en su caso la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos”, manifestó la legisladora chubutense.

Refirió que “el art. 2° Ley XV N° 12 contempla que las denuncias por violencia de género pueden ser radicadas por la persona que sufrió las lesiones o maltrato físico, psíquico y/o emocional, sexual o económico, o un tercero que podrá solicitar reserva de identidad”, y consignó que “el art. 5° de la Ley XV N° 12 establece que “las denuncias deberán hacerse por ante la Autoridad Policial, el Ministerio Público Fiscal, la Defensoría Pública o el Juez/a”.

Asimismo, la diputada provincial especificó que “el art. 6° de la Ley XV N° 12 dice que “cada seccional policial contará en su sede con el desempeño de personal capacitado para recepcionar, orientar y canalizar los reclamos, inquietudes y presentaciones en materia de violencia familiar, poniendo en conocimiento en forma inmediata a la autoridad competente”.

“Todo el plexo normativo existente en materia de prevención, erradicación y sanción de la violencia de género contempla la elaboración de protocolos para todos los ámbitos estatales, y, específicamente, a quienes son los responsables directos de recibir las denuncias de las personas damnificadas”, expuso la diputada Goic, cuyo proyecto de Resolución fue presentado Sobre Tablas y aprobado por la Cámara Legislativa.

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