Este martes, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el “protocolo de actuación antibloqueos” que busca desactivar todo tipo de maniobras u obstáculos de reclamos laborales en empresas o lugares de trabajo.

Según establece el artículo 1 de la normativa, "se entenderá por 'bloqueo' a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional".

Además argumenta, “habida cuenta de ello, existe un evidente interés federal comprometido en asegurar la libertad de comercio e industria contra toda turbación ilegítima”.

CÓMO SERÁ EL ACCIONAR

El Poder Ejecutivo implementará un accionar en el que el Ministerio de Seguridad evaluará las denuncias recibidas a un número de WhatsApp y "pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes y, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado".

La medida desarrolla que “en consecuencia, resulta oportuno y conveniente establecer un protocolo de actuación frente a bloqueos, a fin de contribuir a la protección de la normal actividad de las empresas que pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción a causa de acciones que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o visiblemente inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías a sus instalaciones”.

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Boletín Oficial de la República Argentina

LAS FUNCIONES DEL COMANDO UNIFICADO CONTRA BLOQUEOS Y HUELGAS

La resolución 901/2024 publicada en el Boletín Oficial explica que “a los efectos de este protocolo de actuación, se entenderá por ‘bloqueo’ a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional”.

Informa que “los bloqueos podrán ser denunciados telefónicamente al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar o los que en el futuro los reemplacen”.

Una vez recibida la denuncia el Ministerio de Seguridad “evaluará su verosimilitud y entidad; en su caso, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes y, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado”.

"Si las autoridades del distrito donde se desarrollan los hechos solicitaren ayuda de las fuerzas policiales y de seguridad federales, la máxima autoridad de esta jurisdicción evaluará la necesidad, la posibilidad y la oportunidad de brindar el auxilio solicitado y dispondrá el despliegue correspondiente”, aclaran en la resolución publicada este martes.

El Ministerio “comunicará de manera inmediata la información que recibiere a la Secretaría de Trabajo y a las personas físicas o jurídicas afectadas, a fin de que puedan proceder de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones”.

Además dispone que las fuerzas policiales y de seguridad federales “recabarán pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior”.

Con información de Minuto Uno, redactado y editador por un periodista de ADNSUR

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