RAWSON (ADNSUR) -  El gobernador del Chubut, Mario Das Neves, firmó este viernes en la Peatonal Fontana de la capital provincial el acta convenio denominada "Homologación valor pecuniario multa por infracción artículo 48, ley 24.449 en la provincia del Chubut" , que implica que todos los municipios firmantes unificarán el valor de las multas por alcoholemia y tendrán un piso de 50 mil pesos para aquellos infractores que superen los niveles permitidos.

Acompañaron al mandatario provincial el ministro Coordinador de Gabinete, Alberto Gilardino; de Gobierno, Pablo Durán; de Salud, Ignacio Hernández; de la Familia, Leticia Huichaqueo, entre otros funcionarios provinciales. Además, estuvieron presentes los intendentes de Puerto Madryn, Ricardo Sastre; de Gaiman, Mariano García Aranibar; de Cholila, Silvio Boudargham; de Sarmiento, Ricardo Britapaja, y representantes municipales de Trelew, Esquel, Rawson, Rada Tilly, El Hoyo y Camarones.

El encargado de referirse a este acuerdo fue el subsecretario de Gobierno, Alejandro Apphesberho, quien agradeció "a los intendentes y secretarios de gobierno por haber tomado la decisión de acompañar esta iniciativa de modificar la multa y sanción por alcoholemia, sabemos que el alcohol es uno de los flagelos más importantes que tiene nuestra sociedad, que afecta a todas las edades y no sólo a los chicos, sino a los adultos también".

Por su parte el intendente de Puerto Madryn, Ricardo Sastre, señaló que "simplemente quiero agradecer este gesto de poder adherir a esta nueva ley, en la cual los municipios también nos sentimos respaldados por algunas decisiones que hemos podido tomar en algún momento, creo que poder reglamentar este tipo de ordenanzas y de leyes no es más ni menos que ordenar nuestra sociedad, el respetar o entender que los derechos de uno van hasta donde comienzan los del otro", finalizó el intendente.

ACTA CONVENIO

El documento firmado señala que a se va a "unificar en un valor inicial de 50.000 pesos calculado en base UF (Unidades Fiscales), la multa por infracción al artículo 48, que fija las prohibiciones (Ley Nacional de Tránsito 24.449)  y establece la sanción por conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre.
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