CAPITAL FEDERAL - El cambio de la fórmula de ajuste de la movilidad jubilatoria que proponía el Gobierno Nacional no fue plenamente aceptada por el bloque de la oposición, porque si bien validó el aumento de la frecuencia de semestral a trimestral por la variación de la tasa de inflación, no conformó la propuesta del "amarrete" adicional de 5% de la variación del PBI en todo el año previo, en el ajuste de cada junio. Implicaba, a valores actuales unos $20 para el promedio de los haberes de 12.500 pesos.

El resto de los criterios de la propuesta inicial no se alteran. Por tanto, ya a esta altura del año, en la expectativa de que la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria sea sancionada y promulgada en las próximas semanas, se sabe que el ajuste del total de las jubilaciones, pensiones y Asignación Universal por Hijo, será de 5,7%; habida cuenta de que el IPCN acumuló en el primer período de referencia para la próxima actualización, fue de 5,1%; mientras que el RIPTE se elevó 7,1 por ciento.

En consecuencia, sobre un haber mínimo actual de $7.246,64, el ajuste será de $413; en lugar de $370 que hubiese arrojado la fórmula original. De este modo, el "efecto Pichetto" en el próximo incremento de los haberes de los jubilados será de $43, a 7.660 pesos. Si se considera el promedio actual de $12.500 el cambio de fórmula significará un incremento adicional de $75, a 13.212 pesos. Mientras que la Asignación Universal por Hijo pasará en marzo próximo de $1.412 a 1.492 pesos.

MEJORA PARCIAL

Si bien con la aceptación de los ministros de la propuesta del senador Pichetto mejorará levemente el haber del conjunto de los jubilados, pensionados y beneficiarios de la AUH en comparación con la fórmula original planteada en el proyecto de ley, en el próximo ajuste tendrá lugar una pérdida de más del 4% en comparación con el módulo semestral de la inflación que rigió en los últimos nueve años, porque partirá de la variación del IPCN y del RIPTE del trimestre julio a septiembre, cuando por única vez hubiese correspondido aplicar los cambios proporcionales de esos índices entre julio y diciembre de 2017.

El primer ajuste posterga el efecto de las variaciones de precios y salarios en el trimestre octubre a diciembre de 2017, el cual se aplicará en junio 2018. Ahora, de votarse la nueva ley de Movilidad Jubilatoria, sin otros cambios, habrá cuatro ajustes en el año: marzo, junio, septiembre y diciembre, pero con un rezago en la variación de los índices de precios y salarios de seis meses, en lugar de tres, como regía hasta ahora.

En previsión de que en el algún momento del tiempo la economía ingrese en un ciclo recesivo, como ha ocurrido con una frecuencia de 7 a 10 años en las últimas siete décadas, la corrección del senador Miguel Pichetto establece que no corresponderá el ajuste cuando la variación del Índice de Movilidad Jubilatoria sea negativa.

Con este cambio, el Índice de Movilidad Jubilatoria incorpora un componente cíclico, se potencia cuando la actividad económica se expande y mejoran los salarios promedio de la economía respecto de la inflación, como ha ocurrido desde el segundo semestre de 2016; y se debilita, como ocurrió en la primera mitad del año anterior.

Fuente: Infobae

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