A la hora de circular por las rutas argentinas, existen diversos tipos de multas de tránsito que puede sufrir un conductor. Sin embargo, algunas de ellas tienen plazos específicos en cada provincia y que después prescriben con el paso del tiempo. 

En el marco de la Ley de Tránsito, se encuentran dos tipos de multas, las consideradas faltas graves, para aquellas situaciones en las que se pone en riesgo la seguridad del conductor y de otras personas.

En ese tipo de multas se incluyen los casos de falta de documentación para circular; transitar sin patente o seguro vigente; cruzar un semáforo en rojo; escapar de un control y no aportar los datos pedidos por el inspector.

Mientras que las faltas leves corresponden a los hechos que no atentan contra la vida personal y la de otras personas. Entre ellas, el uso de bocinas innecesariamente; exceder el límite de velocidad permitido (hasta un 10%) y  estacionar en doble fila.

En Chubut, la pena prescribe a los dos años, desde que la sentencia quedó firme Foto: Alertas Tránsito
En Chubut, la pena prescribe a los dos años, desde que la sentencia quedó firme Foto: Alertas Tránsito

En la provincia del Chubut, las multas de tránsito prescriben a los seis meses, si no se inició el procedimiento. Mientras que es al año si ya se inició. Por otra parte, la pena prescribe a los dos años, desde que la sentencia quedó firme o el quebrantamiento de la condena.

¿CÓMO ES LA SITUACIÓN EN LA PATAGONIA Y EN EL RESTO DEL PAÍS?

🔸Neuquén: Vencen a los cinco años.

🔸Río Negro: Prescriben a los cinco años.

🔸Santa Cruz: Prescriben según criterio nacional.

🔸Tierra del Fuego: Vencen a los dos años.

🔸Provincia de Buenos Aires: Dos años para faltas leves y cinco años para faltas graves.

🔸Capital Federal: Vencen a los dos años. En tanto, las faltas graves y multas prescriben a los cinco años. En tanto, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vencen a los cinco años.

🔸Catamarca: Entre dos y cinco años, según sea la falta de tránsito.

🔸Chaco: Dos años para faltas leves y cinco años para faltas graves.

🔸Corrientes: Vencen a los dos años.

🔸Entre Ríos: Prescriben a los cinco años.

🔸Formosa: Multas leves un año y graves, dos años.

🔸Jujuy: Vencen a los cinco años.

🔸La Pampa: Vencen a los cinco años.

🔸La Rioja: Prescriben a los cinco años.

🔸Mendoza: Vencen a los dos años las multas leves, tres años las consideradas graves y cuatro años aquellas que son gravísimas.

🔸Misiones: Prescriben a los cinco años.

🔸Salta:  Prescriben a los cinco años.

🔸San Juan: Vencen a los dos años.

🔸San Luis:  Prescriben a los cinco años.

🔸Santa Fe: Vencen según criterio nacional.

🔸Santiago del Estero: Prescriben según criterio nacional.

🔸Tucumán: Prescriben según criterio nacional.

🔸Córdoba: Todas las multas prescriben a los tres años.

Con información de iProfesional, redactada y editada por ADNSUR

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