COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - A partir del martes 24 de octubre las personas que no hayan participado de los comicios pueden justificar la no emisión del voto en las elecciones Generales desarrolladas este domingo. Además, se informó que dispondrán de un periodo de 60 días para hacerlo.

De acuerdo a lo indicado por la Constitución Nacional Argentina en el artículo 37, el voto es universal, secreto y obligatorio por lo que toda persona mayor a 18 años debe cumplir con ello, así como los mayores de 16 años y de 70 años pueden votar de manera opcional.

No obstante, por distintas razones un porcentaje de la población no participó de las elecciones Generales desarrolladas durante la jornada de hoy por lo que deben hacer la justificación de la no emisión del voto a los fines de evitar ser multados y sancionados.

JUSTIFICACIÓN

Para realizar el trámite de la justificación existen dos opciones, una es ingresar en la página web https://infractores.padron.gov.ar/ y presentar en la misma certificado que acredite el porqué de la inasistencia mientras que en caso de no tener posibilidad de realizar la gestión vía internet, se puede desarrollar en la Secretaría Electoral correspondiente al distrito.

PLAZO DE 60 DÍAS

Para justificar la no emisión del voto existe un plazo de 60 días corridos tras la última elección para realizar lo propio presentando documentación que dé cuenta del motivo de la falta.

PAGO DE MULTA

Las personas que no hayan asistido a cumplir con su obligación electoral deben abonar una multa de $50 en caso de no hacer la justificación, mientras que si la persona no votó en las elecciones PASO y tampoco en las Generales, debe abonar una multa de $100, siendo el total de $150 por ambas elecciones.

En tanto, en caso de no abonar la multa, las sanciones que se imponen impiden al infractor realizar trámites y gestiones en organismos estatales nacionales, provinciales y locales.

Una vez justificada la no emisión o abonada la multa se entrega una constancia para no continuar figurando en el Registro de Infractores.

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