Solo el 67% de padrón electoral concurrió a las urnas el pasado domingo y es el número más bajo de votantes en la historia de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Quienes no hayan emitido su sufragio ya pueden justificar su ausencia en el registro de infractores que habilitó la Cámara Nacional Electoral.

Aunque los pasos son sencillos, para justificar el no voto es necesario tener la respectiva constancia emitida por la autoridad competente, como un certificado médico en caso de no haber asistido por enfermedad, o la exposición policial si es que se encontraban a más de 500 km del lugar de votación.

¿Cómo declarar por qué no voté?

🔹Ingresar al link al sitio de infractores del padrón electoral https://infractores.padron.gob.ar/

🔹Completar los datos solicitados: número de DNI, género y distrito electoral.

🔹En el siguiente paso aparecerá si el ciudadano es infractor o no y, si así lo fuese, se dará una boleta para imprimir y pagar en distintos medios electrónicos.

🔹En el primer recuadro que aparece donde figura el último comicio, se puede optar por justificar el no voto

🔹Si se elige justificar el no voto, la siguiente pantalla permite elegir el motivo y subir el comprobante apropiado.

¿No votaste en las PASO? Ya está habilitado el registro para justificar ausencias o pagar multas

¿Cuáles son los motivos que puedo justificar por no votar en las PASO?

🔸Aquellas personas que presenten un certificado por enfermedad

🔸Aquellas personas que se encuentren más de 500 kilómetros de su domicilio

🔸Personas positivas de Covid-19

🔸Contactos estrechos de personas positivas de Covid-19

🔸Personas con síntomas de Covid -19

❗En todos los casos, tienen 60 días para presentar dicho certificado.

¿Qué pasa con quienes no justifican su ausencia en las urnas?

En caso de no justificar el voto en estas PASO, se puede imprimir el comprobante para pagar la multa que -dependiendo de si se acumulan otras infracciones- va desde los $50 a los $500.

Además, se indicó que los infractores no podrán ser designados a desempeñar funciones o empleos públicos por tres años, y por un año no podrán hacer trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.

En el caso de menores de 18 años y los mayores de 70 años, la ley indica que están exceptuados de votar y por este motivo no es necesario presentar un certificado que indique su ausencia en las urnas.

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