30 de abril: feriado o día no laborable, la diferencia
El feriado del 30 abril es un día no laborable, que tiene sus particularidades legales.
CAPITAL FEDERAL - A menos de un mes del último fin de semana extra largo, se viene el tercero del año. Comenzará el sábado 28 de abril y finalizará el martes 1 de mayo con el Día Internacional de los Trabajadores. Este nuevo período de descanso se produce luego de que el Congreso, a través de la ley 27399, otorgara la facultad al Poder Ejecutivo de fijar hasta "tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes". Ahora bien, ¿cómo se considera el 30 de abril? Y ¿Qué diferencia hay entre un día no laborable y un feriado?
Mientras que en los días no laborables, "el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación." Y aquellos que "presten servicio, percibirán el salario simple." Es decir que el día de descanso quedará supeditado a la voluntad del empleador y en caso de trabajarlo - a diferencia de los feriados- no se pagará el doble de la jornada.