CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - A partir de este viernes 13 de noviembre, los servicios de transporte automotor de pasajeros podrán trasladar hasta 10 personas paradas dentro del vehículo y el transporte ferroviario podrá circular con un pasajero de pie por metro cuadrado en los espacios libres disponibles. Las dos nuevas habilitaciones son exclusivamente para los horarios de mayor demanda.

La medida llevada adelante por el Ministerio de Transporte, a cargo de Mario Meoni, entró en vigencia a las 00 horas de hoy viernes. La nueva autorización obliga a las empresas a respetar los protocolos y medidas sanitarias para resguardar el distanciamiento social y evitar grandes aglomeraciones dentro de las formaciones.

Luego de reuniones con las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y referentes del Ministerio de Salud, el Ministerio de Transporte de la Nación determinó la habilitación para que circulen hasta 10 personas paradas en los servicios de transporte automotor y un pasajero por metro cuadrado en los espacios libres disponibles en el transporte ferroviario, exclusivamente en el "horario pico".

De todas formas, desde el Ministerio aclararon que los pasajeros habilitados a utilizar tanto el transporte automotor como el ferroviario continuarán siendo los que tengan el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid - 19 o exhiban el permiso emitido por la aplicación "CUIDAR" en su celular. Esto rige para Buenos Aires. 

"La medida obliga a las empresas que prestan los servicios a "garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, contar con una correcta ventilación en los vehículos y circular exclusivamente con pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales y/o alcanzadas por excepciones a las restricciones y/o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales", aclaró la cartera de Transporte.

Además, según señaló, se deberán extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos y en todos los casos se tendrán que exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y en las paradas de colectivo y las estaciones.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de fiscalizar que se cumplan todos los requisitos y, en caso de encontrar irregularidades, podrá sancionar a las empresas.

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