A través de una ley, Chubut avanza en la protección de zonas de alta sensibilidad ambiental
A través de una ley sancionada por la Legislatura del Chubut, se dispone crear el Área Marina Protegida Punta Tombo, la que estará delimitada por las coordenadas 43º 47´S como límite norte, 44º 09´S como límite sur, la línea de baja marea base como límite oeste y las 3 millas marinas desde la línea de marea baja como límite este, de conformidad con la cartografía oficial de la República Argentina. La autoridad de aplicación podrá incorporar restricciones adicionales en el marco del plan de manejo que establezca para el área.
COMODORO RIVADAVIA -
Integran al área creada los ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluyendo al subsuelo, los fondos y columnas marinas asociadas, como también el espacio aéreo comprendido en sus límites.
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Se ha fijado, como objetivos de ley, conservar una zona de alta sensibilidad ambiental y de importancia para la protección y gestión sostenible de la biodiversidad marina; proteger las zonas de alimentación y tránsito de los pingüinos de Magallanes en torno a Punta Tombo y Punta Clara, a fin de mejorar la disponibilidad de alimento en etapas críticas de su ciclo reproductivo; favorecer estadios claves de especies de interés comercial y fauna marina en el área; promover el manejo sostenible, ambiental y económico de los ecosistemas marinos y terrestres asociados; facilitar la investigación científica orientada a la aplicación del enfoque ecosistémico y a la mitigación de los efectos del cambio climático global; difundir el conocimiento y el valor del área creada para propiciar el respeto por los atributos que justifican su designación y fortalecer y acrecentar las áreas protegidas representativas en el marco del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas creado por la Ley XI-N°18.
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Las actividades permitidas dentro del área marina protegida creada deberán ser contempladas en el plan de manejo y serán las necesarias para lo siguiente: Facilitar su control y fiscalización; garantizar el desarrollo de actividades de investigación científica y exploración de recursos naturales que aporten al conocimiento sobre la biodiversidad marina, a la evaluación de interacciones entre el ambiente, fauna y flora con actividades antrópicas, y al monitoreo del cambio climático y desarrollar actividades productivas compatibles con el mantenimiento de sus atributos ecológicos.Fuente: Crónica